La Justicia de Madrid abre juicio oral al juez Silva por la instrucción del caso Blesa

El magistrado se enfrenta a 30 años de inhabilitación por un delito de prevaricación, dos contra la libertad individual y uno de retardo malicioso en la administración de Justicia.

La Justicia de Madrid abre juicio oral al juez Silva por la instrucción del caso Blesa
La Justicia de Madrid abre juicio oral al juez Silva por la instrucción del caso Blesa
EFE

23 de enero 2014 - 14:46

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Jesús Gavilán ha abierto juicio oral al juez Elpidio José Silva por un delito de prevaricación, dos contra la libertad individual y uno de retardo malicioso en la administración de Justicia por su instrucción del caso Blesa. En un auto notificado este jueves, el instructor de la querella que interpuso la Fiscalía contra el magistrado, para el que pide 30 años de inhabilitación, le impone además una fianza de 60.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que se pudieran derivar del procedimiento y le da un plazo de diez días para abonarla.

La decisión de Gavilán, de la que ha dado traslado ya al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), supone que éste debe suspender cauterlamente a Silva de sus funciones hasta que se conozca la sentencia. En caso de sentencia condenatoria, Silva quedará expulsado de la carrera judicial, a la que accedió por el llamado tercer turno, sin oposición. Según han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces, Gavilán deberá notificarle su resolución, con la que la Comisión Permanente del CGPJ, cuya primera reunión está prevista el próximo martes, deberá acordar formalmente la suspensión cautelar, si bien podría convocarse antes una reunión extraordinaria.

El miércoles, la Sala Civil y Penal dio vía libre a Gavilán para abrir juicio oral al magistrado al confirmar que existen indicios de que cometió los delitos de los que le acusa el Ministerio Público, hechos de los que "se desprende una situación obvia de abuso, que excede de las meras infracciones administrativas". De hecho, Gavilán explica que estaba a la espera de que la sala resolviera el recurso que presentó Silva contra el auto en el que iniciaba la fase de preparación de la fase de juicio oral y que, al haberlo desestimado ayer, confirmando que existen "indicios de criminalidad" en su conducta, ha dictado la apertura de juicio oral.

En ese auto confirmado por la sala, Gavilán apreciaba bastantes "indicios racionales" de que éste prevaricó al abrir una "causa general" y "prospectiva" contra el ex banquero. Relataba la "improcedente" reapertura, en noviembre de 2011 y sin "dato nuevo alguno que los justificase", del caso en el que investigaba la concesión de un crédito de 26,6 millones al Grupo Marsans de Gerardo Díaz Ferrán que él mismo había archivado dos años antes, y del que luego desgajó el de la compra del City National Bank de Florida, por el que envió a Blesa a prisión.

En este sentido, resaltaba que "sin solución de continuidad", asumió esta última causa tras aceptar una ampliación de denuncia de Manos Limpias por unos hechos que no tenían "conexión alguna" con el del crédito, por lo que la Audiencia Provincial le acusó de "retener" e incluso "sustraer" las normas de reparto. Y fue en la causa del CNB por la que acordó la prisión de Blesa a instancias de Manos Limpias, colectivo que carecía de legitimación, pues estaban personados sólo en la causa del crédito, además como acusación particular y no popular.

Al encarcelarle adoptó dos medidas "incompatibles entre sí", pues la primera se ordenó en mayo bajo fianza de 2,5 millones y la segunda, quince días después, de forma incondicional. "Las distintas resoluciones dictadas apuntan al carácter generalista y prospectivo de la investigación realizada, y no lo dice esto el instructor sino la propia Audiencia Provincial", destacaba el magistrado.

Por último, el instructor recalcaba la palpable "demora" en dictar muchas de sus resoluciones, muchas de las cuales deberían haber tenido preferencia porque estaban en juego "recursos frente a decisiones excepcionales" como el secreto de sumario o derechos fundamentales.

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