A punta de bisturí
Señor, ten Piedad
En virtud del Auto de fecha 8 de mayo de 2007, el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, con el consentimiento del reclamado, accedió a la extradición. Su situación actual es de prisión provisional, ya que el reclamado fue entregado en extradición por México el 26 de junio de 2003.
Posteriormente, se solicitó de México su autorización para la reextradición del reclamado a Argentina, que fue concedida por acuerdo del Gobierno mexicano el pasado 7 de febrero, según informó el Gobierno al término del Consejo de Ministros.
La entrega quedará suspendida hasta que Cavallo deje extinguidas las responsabilidades contraídas en territorio nacional, relativas al Sumario 19/97 de la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (instruido en el Juzgado Central de Instrucción nº 5), derivada de cuando España obtuvo la extradición desde México.
No obstante, el Gobierno recuerda en la referencia del Consejo de Ministros que se puede hacer uso de la entrega temporal en las condiciones acordadas por las partes, según se establece en el artículo 19 del Tratado bilateral.
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