La aldaba
Carlos Navarro Antolín
¿Dónde está el límite de la vergüenza?
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha alegado este lunes que la decisión del Tribunal Supremo de rechazar la recusación de Luciano Varela, instructor de la causa contra él por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo, vulnera sus derechos fundamentales.
Así lo indica el letrado de Garzón en este proceso, Gonzalo Martínez-Fresneda, en un escrito presentado ayer ante la Sala de lo Penal del TS, en el que denuncia la vulneración de derechos fundamentales al amparo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (TC).
Martínez-Fresneda presentó a finales del mes pasado la citada recusación al considerar que Varela tiene "interés directo" en la causa y le acusó de parcialidad por haber pedido a las acusaciones -Falange Española de las Jons, Manos Limpias y Libertad e Identidad-que rectificaran sus escritos de acusación para que se ajustaran a lo exigido por la ley.
La semana pasada, el magistrado Andrés Martínez Arrieta rechazó de plano la recusación planteada por Garzón contra Varela al entender que el hecho de que el instructor concediera un determinado plazo a las acusaciones para subsanar varios defectos en sus escritos de acusación se adecuaba a lo establecido en la ley procesal penal.
En opinión de Martínez Arrieta, "tampoco cabe hablar de parcialidad del instructor por tomar una decisión que persigue reforzar y actuar las garantías derivadas del principio acusatorio que ampara al imputado en el procedimiento penal".
Garzón alega en su nuevo escrito que se ha vulnerado su derecho a un proceso con todas las garantías, el principio de igualdad de partes y el derecho a un juez imparcial.
Según explica, Varela "era el autor intelectual, aunque involuntario, del primer escrito de acusación de las asociaciones Manos Limpias y Libertad e Identidad", ya que reprodujeron literalmente un auto de éste.
Posteriormente -indica- Varela pasó a ser "el autor intelectual y voluntario del núcleo central del segundo escrito de dichas acusaciones populares", así como de un tercer escrito de acusación de éstas.
Argumenta también que el instructor de la recusación, Andrés Martínez Arrieta, no está autorizado a rechazar la recusación, facultad, en su opinión, atribuida al pleno de la Sala de lo Penal.
"Ello ha privado a nuestro representado de una garantía fundamental, como es la de que su reclamación sea examinada por toda la Sala y no dependa del criterio de un solo magistrado".
También indica que el rechazo de plano de una recusación "supone que la resolución de la que depende el futuro del procedimiento y la posible suspensión cautelar de nuestro representado -resolución que además no es susceptible de recurso- dependa ahora de un magistrado que estimamos ha tomado un evidente interés parcial en el asunto".
El letrado hace hincapié en que las acusaciones y Garzón "no han merecido el mismo trato" y en que las decisiones de Varela "se dirigían precisamente a 'reforzar y actuar' la existencia de las acusaciones".
Tanto la Fiscalía como las acusaciones y el propio Varela habían pedido que se rechazara esta recusación por estimar que el instructor no tiene interés personal directo o indirecto en la causa.
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