Pilar Cernuda
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La Fiscalía del Tribunal Supremo español y la defensa del juez Baltasar Garzón, ejercida por Gonzálo Martínez-Fresneda, han pedido que se anulen todas las actuaciones que han llevado al magistrado al banquillo por querer investigar los crímenes del franquismo, porque se han vulnerado la legalidad y porque la acusación popular carece de legitimidad.
La defensa de Baltasar Garzón en el juicio que le enfrenta a una posible inhabilitación de 20 años ha solicitado la anulación de todo el procedimiento por ser aplicable a este caso la denominada doctrina Botín, que establece que la acusación popular no es suficiente para sostener una causa si la Fiscalía no presenta acusación alguna. La aplicación de esta doctrina, llamada así por haber sido instaurada en el denominado caso de las cesiones de crédito, en el que estaba imputado el presidente del Banco Santander, se justificaría, según el abogado de Garzón, en el hecho de que en este caso el juez suspendido se sienta en el banquillo con la única acusación de Manos Limpias y la organización Libertad e Identidad, sin que hayan presentado cargos contra él ni el Ministerio Público ni ninguna parte directamente perjudicada por sus actuaciones. "El delito de prevaricación además no se encuentra entre aquellos que puede sostenerse por una acusación popular", ha insistido el letrado, para añadir que en aplicación de la doctrina Botín nunca debería haberse dictado auto de juicio oral contra Garzón.
Asimismo se ha planteado la nulidad de todas las actuaciones desarrolladas por el instructor del caso, el magistrado Luciano Varela, desde el 20 abril de 2010, que fue la fecha en la que se dio la oportunidad a las acusaciones, que en principio eran Manos Limpias y Falange, posteriormente expulsada del procedimiento, de subsanar determinados defectos que presentaban sus escritos de acusación.
Según Martínez Fresneda, ninguno de los escritos presentados inicialmente por los acusadores cumplía las exigencias legales mínimas, por lo que ambas partes deberían haber sido dadas por "decaídas" y el procedimiento archivado. No obstante, Varela "optó por hacer todo lo contrario", concederles trámite para presentar otro escrito e incluso en el caso de Manos Limpias le indicó cuál debía ser el contenido concreto del mismo. El escrito presentado por el sindicato terminó siendo una mera copia de los argumentos incriminatorios de un auto anterior del propio Varela, incluyendo incluso algún "gazapo" que el instructor había dejado caer en su resolución, según esta parte. "Fue un corta y pega, ni siquiera se tomaron las molestias de corregir las erratas", ha manifestado Martínez Fresneda ante la Sala de lo Penal, para añadir que los efectos de estas decisiones fueron "devastadores" para su cliente, que fue suspendido cautelarmente en sus funciones.
La Fiscalía se suma a la defensa
La Fiscalía también ha pedido el sobreseimiento de la causa al sostener que la actuación del magistrado del Tribunal Supremo que la instruyó fue "absolutamente insólita e insostenible". "No he visto nada igual en 36 años de carrera", ha afirmado el fiscal Luis Navajas en referencia a la providencia en la que, en abril de 2010, Varela dio una "segunda oportunidad" al sindicato ultraderechista Manos Limpias para que subsanara los defectos advertidos en su escrito de acusación, orientándole además sobre cómo hacerlo.
Según el fiscal, el magistrado instructor "devolvió el toro a los toriles porque el morlaco (...) no estaba bien presentado para torearse en una plaza de primera", y lo hizo pese a que la ley no se lo permite, ya que sus competencias "no son tan generosas como las de un presidente de plaza". La providencia, ha añadido Navajas, "transmuta un escrito de acusación que por sí mismo no se salvaba, y el juez colabora y coadyuva a reconstruir lo absolutamente irreconstruible".
Aunque la decisión del instructor fue inmediatamente recurrida por Garzón, la sala de lo penal avaló a Varela, según el fiscal "con cierto sarcasmo", ya que su argumento fue que las correcciones iban en beneficio del derecho de defensa. "La única resolución que no hubiese lesionado los intereses del imputado era la exclusión de la acusación y la extinción de la causa", ha sostenido Navajas. El representante de la Fiscalía ha explicado que fue ese aval dado a Varela por la sala lo que decidió al Ministerio Público a respaldar la recusación planteada por Garzón contra los magistrados que firmaron ese auto.
Se trataba, ha añadido, de apartarlos del juicio "para evitar el bochornoso espectáculo para el Supremo de que un tribunal internacional de derechos humanos dijera luego que se habían vulnerado los derechos del acusado". "Gracias a Dios, la sala del 61 (que aceptó las recusaciones) nos respaldó", ha concluido Navajas.
El fiscal también ha apoyado la pretensión de la defensa de Garzón de que se le aplique la llamada doctrina Botín, que impide la apertura de juicio oral a instancias solo de una acusación popular cuando no hay particular y el Ministerio Público no acusa. "La acusación popular es puramente adhesiva, solo tiene facultades si se ve acompañada de acusación particular o del Ministerio Fiscal", ha dicho.En lo que la Fiscalía no ha respaldado al abogado de Garzón es en su demanda de que se escuche como testigos a juristas españoles y extranjeros que comparten las tesis del acusado. "Son periciales en derecho inadmisibles en el Tribunal Supremo", ha señalado Navajas, que ha recordado que este órgano es el único intérprete de la doctrina jurídica aplicable en España. Una vez planteadas las cuestiones previas, el segundo juicio a Garzón tras las escuchas del Gürtel se reanudará el 31 de enero.
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