Condenados a 8 años dos etarras del 'comando Vizcaya' por planear atentar en Getxo
La Audiencia Nacional ha mandado a prisión a Arkaitz Goikoetxea y a Aitor Cotano. Igualmente ha absuelto a Íñigo Gutiérrez, juzgado en el mismo proceso.
La Audiencia Nacional ha condenado a ocho años de prisión al ex jefe del comando Vizcaya de ETA Arkaitz Goikoetxea y al miembro de este grupo Aitor Cotano por intentar atentar contra el club marítimo de Getxo (Vizcaya) en 2008.
No obstante, la sentencia de la sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absuelve a Íñigo Gutiérrez que fue juzgado por los mismos hechos. Goikoetxea y Cotano son condenados por un delito de estragos terroristas en grado de tentativa, pero el tribunal les absuelve también del de colocación de un artefacto explosivo, que no llegó a estallar, del que les acusaba la Fiscalía. Según la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Guillermo Ruiz Polanco, los tres acusados integraban en 2008 un comando -denominado sucesivamente Askatasun Haizea, Txikitze y Hegoa-, que disponía de armas y explosivos que otros miembros de ETA les hacía llegar desde Francia y que almacenaban y ocultaban para utilizarlos en posteriores atentados.
El 31 de enero de 2008 unos vecinos de Getxo encontraron un barril de cerveza, de 50 litros de capacidad, en el que se halló una carga de 30 kilos de amonal, y que se encontraba montado a falta del detonador y del sistema de iniciación.
El artefacto, "de gran potencial destructivo", había sido confeccionado por Arkaitz Goikoetxea, Aitor Cotano y otro individuo no enjuiciado en esta causa con parte del material trasladado desde Francia en un piso alquilado en la localidad de Ezcaray y "con la finalidad de ser transportado por ellos dos días después a las inmediaciones del Real Club Marítimo de Getxo" y "conseguir allí su explosión".
El atentado se vio truncado al ser hallado el bidón de cerveza. En el caso de Iñigo Gutiérrez, el tribunal considera que las versiones contradictorias que dieron los otros dos acusados acerca de su participación hacen surgir una duda razonable, sin que pueda declararse como plenamente probada su participación en los hechos.
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