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Castro atribuye a Camps y Barberá delitos de fraude, malversación, prevaricación y falsedad en documento oficial

Caso nóos

El magistrado indagará también si Urdangarín, la infanta Cristina, Torres y su mujer y García Revenga informaron a Hacienda de sus cuentas y bienes en el extranjero.

Efe / Europa Press

31 de mayo 2013 - 12:52

Palma de Mallorca/El juez del caso Nóos, José Castro, aprecia indicios racionales de la posible participación del ex presidente de la Comunidad Valenciana Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en delitos de falsedad documental, prevaricación, malversación de fondos públicos y fraude a la Administración. Castro ha remitido este viernes al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana una exposición razonada de 70 páginas para respaldar la propuesta de que este tribunal asuma la competencia de la instrucción del caso Nóos en lo que se refiere a los hechos de Valencia y a Camps y Barberá, por ser ambos aforados.

Según el juez, las contrataciones al Instituto Nóos por parte de administraciones públicas fueron actos "estrictamente voluntaristas" que no obedecían a procurar el interés general sino "solo al deseo de doblegarse a las exigencias, que por muy cortésmente que se plantearan no dejaban de serlo, de Iñaki Urdangarin en atención a su parentesco con la Casa de S.M. el Rey", con adjudicaciones a dedo. Añade que Camps y Barberá asentían verbalmente "a cuanto se les ofrecía". El juez señala que de la investigación del caso Nóos se desprenden "indicios racionales de que en la ciudad de Valencia habían tenido lugar una serie de hechos de apariencia delictiva" en los que Camps y Barberá han podido tener "decisiva e imputable intervención".

En esta causa se investiga el presunto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos, presidido por Urdangarin y su ex socio Diego Torres, al que las administraciones valencianas aportaron 3,5 millones para organizar las tres cumbres Valencia Summit de 2004, 2005 y 2006 y para elaborar los proyectos de los Juegos Europeos y los de la Juventud, que no llegaron a celebrarse. En la exposición razonada, Castro asegura que el primero de los tres convenios entre la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) y el Instituto Nóos para celebrar el Valencia Summit (que tendría lugar en 2004, 2005 y 2006), se llevó a cabo "en atención" a que el presidente de esta última entidad era yerno del Rey.

El juez detalla que el convenio se suscribió "sin que se iniciara absolutamente ningún procedimiento administrativo de contratación", porque para el entonces presidente Camps "era hartamente conocido" que al frente de Nóos estaba Urdangarin, "a cuyas pretensiones entendía que era obligado acceder en atención a que era yerno del Rey". Según el juez, el convenio documenta "lo que de facto estaba ya pactado por el presidente de la comunidad y la alcaldesa de Valencia" para celebrar el Valencia Summit, ya que Nóos empezó a trabajar en el evento antes de que se firmara. El magistrado asegura que la cuantía de 1.044.000 euros que cobró el Instituto Nóos la fijó unilateralmente dicha entidad y fue aceptada "sin discusión o negociación". Relata que se redactó un informe técnico para justificar el convenio y se falsificó la fecha para que fuera anterior a la firma del acuerdo.

La ampliación del convenio para celebrar el segundo Valencia Summit en 2005 se hizo sin que Nóos "rindiera la menor cuenta" sobre los 1.044.000 euros que ya había cobrado del primero y sin que quienes gestionaban los fondos públicos estudiaran los costes y repercusión de la primera edición. Nóos cobró otros 1.044.000 euros y recabó 331.760 euros más de nueve patrocinadores. Para la tercera edición, el instituto cobró de nuevo lo mismo.

En relación al convenio para diseñar la candidatura de los Juegos Europeos, el magistrado dice que se prescindió "de manera descarada de los principios de concurrencia y publicidad para ser sustituidos por los de amiguismo y oficiosidad" para favorecer a Miguel Zorío, Urdangarin y Torres. "Este no es el normal proceder de una administración pública a la hora de contratar", dice Castro, que añade que el expediente se tramitó con sorprendente celeridad y con formato de subvención para "burlar" las normas. Además se subcontrató a trabajadores que nunca prestaron servicios para la candidatura. En cuanto a los Juegos de la Juventud, a los que las autoridades valencianas finalmente renunciaron, su negociación también reflejó el acceso privilegiado de Urdangarin a las contrataciones públicas "compatible con un similar apartamiento de las leyes que las regulan".

Bienes en el extranjero

Por otro lado, Castro ha dictado una providencia en la que consulta a la Agencia Tributaria si la infanta Cristina, su marido Iñaki Urdangarín y cinco de los principales imputados en la causa han declarado tener bienes y derechos en el extranjero desde 2002. En la resolución, el juez Castro accede a una petición cursada por la acusación popular, ejercida por el sindicato Manos Limpias, y pregunta a la Delegación Especial de Cataluña de la Agencia Tributaria sobre esta cuestión en relación a doña Cristina, Urdangarin, su ex socio Diego Torres y la mujer de éste, Ana María Tejeiro.

También lo consulta en relación al secretario de las infantas, Carlos García Revenga, que fue tesorero del Instituto Nóos; así como acerca de los cuñados de Torres, los hermanos Miguel y Marco Antonio Tejeiro, que fueron secretario y contable de la entidad, respectivamente. El juez pide a Hacienda que le informe de si estas siete personas han presentado como personas físicas o a través de otras interpuestas o de las mercantiles que se investigan en el caso Nóos el modelo 720, que es obligatorio por parte de quienes tienen bienes y derechos en el extranjero, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

En concreto, reclama que se entreguen al Juzgado los documentos de este tipo en el caso de que estas siete personas los hayan utilizado en algún momento entre 2002 y la actualidad, período en el que el juez indaga si se cometieron delitos fiscales en el entramado del Instituto Nóos, que también es investigado por el presunto desvío de fondos públicos. En cuanto a las empresas sobre las que Castro consulta, porque los bienes en el extranjero pudieron declararse a través de ellas, son en total quince, entre las que figuran Nóos Consultoría Estratégica, Asociación Instituto Nóos, Aizoon y la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (Fdcis).

También hace la consulta en relación a Intuit Strategy Innovation Lab, Shiriaimasu, Virtual Strategies, De Goes Center for Stakeholder Management y De Goes LTD, Blossom Hill Assets, Bufete de Asesoramiento Fiscal Tejeiro Medina, Bufete Medina Tejeiro Asesores, Tejeiro Vidal Asesores, Vikram Advissors y Consultores y Abogados Asociados Masiá Tejeiro. El juez Castro da además por interpuesto el recurso de apelación de Torres y su mujer contra la personación de varios concejales del Ayuntamiento de Valencia como acusación particular en esta causa y lo traslada a las partes para que aleguen en el plazo de cinco días. También admite a trámite el recurso del expresidente balear Jaume Matas contra esa misma decisión y lo traslada a las partes personadas.

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