La Audiencia Nacional condena a un etarra a 15 años de cárcel y absuelve a otro

Se trata de Arkaitz Agote Cillero, al que han condenado por colocar una bomba en Guipúzcoa y Zigor Ruiz Jaso, al que no han podido encarcelar ya que "no hay pruebas suficientes".

EFE

19 de octubre 2010 - 14:14

La Audiencia Nacional ha condenado a 15 años de cárcel al etarra Arkaitz Agote Cillero por la colocación de una bomba en la sede del Instituto Social de la Marina en Mutriku (Guipúzcoa) en febrero de 2006, mientras que ha absuelto a Zigor Ruiz Jaso al estimar que no hay "prueba suficiente" para condenarlo.

Así lo ha acordado la sección tercera de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia hecha pública hoy en la que considera a Agote Cillero autor de un delito de estragos terroristas y le impone además una pena de 21 años de inhabilitación absoluta.

El tribunal, formado por los magistrados Alfonso Guevara, Ángeles Barreiro y Clara Bayarri, estima probado que el acusado, alias "Ana", había recibido órdenes de sus responsables en Francia para colocar 10 artefactos explosivos en diferentes carreteras los días 29 y 30 de julio de 2005 para lo que le entregaron diverso material que escondió en un garaje situado de San Sebastián en junio de ese año.

"Como fuera que Arkaitz no llevara a cabo aquella campaña por no disponer de compañero, vino empleando el explosivo en diferentes acciones", subraya la sentencia, que añade que confeccionó un artefacto con unos tres kilos de explosivo y lo introdujo en un recipiente de plástico que envolvió en una bolsa de basura negra.

El artefacto explotó a las 21:00 horas después de que 40 minutos antes dos llamadas en nombre de ETA realizadas al diario Gara y a la DYA de Guipúzcoa lo anunciaran, causando daños en el citado instituto y en las propiedades adyacentes.

El atentado fue reivindicado el 21 de marzo de 2006 por ETA "como una de las diversas acciones dirigidas 'contra la administración de España' mediante un comunicado publicado en Gara y otros medios.

El tribunal argumenta su condena en las declaración policial prestada por el acusado tras su detención, una "prueba esencial" para los magistrados en la que Agote Cillero se autoinculpa de la colocación de la bomba, además de estar corroborada con los testimonios de los policías.

Sin embargo, en el juicio, el acusado no ratificó esa declaración y alegó haber sufrido malos tratos, lo que la sala no ha tenido en cuenta al considerar que no existe "la más mínima sospecha" de que los agentes de la Guardia civil infringieran "clase alguna de tortura física, coacción, amenaza o presión psicológica" ya que Agote no presentó "signo externo de maltrato o violencia" en los reconocimientos médicos.

Sobre Ruiz Jaso, la sentencia estima que no existe prueba suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia ya que, aunque Agote declaró que actuó en compañía de "Lukas" -al que luego reconoció fotográficamente como Zigor-, en un primer momento atribuyó la coautoría a "Xarla", identificado como Alejandro Zobaran.

Esta "variación tan sustancial" en su declaración la hizo "sin dar explicación alguna", por lo que el tribunal no valora dichas manifestaciones al no haber otra circunstancia que corrobore su participación.

Además, la sentencia recuerda que en el auto de procesamiento dictado el pasado julio por el juez Pablo Ruz señalaba que Ruiz Jaso se estableció desde el 19 de diciembre de 2005 -fecha anterior a los hechos ahora enjuiciados- en el Reino Unido "conformando una infraestructura de la banda terrorista ETA", país en el que permaneció hasta su arresto el 27 de abril de 2007.

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