La Audiencia Nacional rechaza que las escuchas de Garzón contaminaran la causa y desestima su nulidad
Caso Gürtel
Los magistrados desestiman la pretensión de nueve acusados de declarar nulo el procedimiento ya que supondría "conferir una desmedida y abusiva amplificación de la doctrina jurisprudencial".
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado que las escuchas practicadas en prisión a los abogados de imputados en la causa que investiga la trama Gürtel hayan contaminado la instrucción y ha rechazado la nulidad que reclamaban varias defensas. En un auto hecho público este martes los magistrados rechazan la pretensión de nueve acusados de "declarar la nulidad absoluta y radical de todo el procedimiento" al entender que aceptarla supondría "conferir una desmedida y abusiva amplificación de la doctrina jurisprudencial".
Entre los imputados que reclamaban que se anulara la causa se encuentra el cabecilla de la trama, Francisco Correa, el ex consejero de Deportes de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo, el ex diputado Jesús Merino y el ex alcalde de Majadahonda Guillermo Ortega. "Pretender que la nulidad se generalice a todas las diligencias de investigación anteriores y posteriores" a la autorización conferida por el juez Baltasar Garzón a las escuchas en la cárcel "supondría materializar una irregular transmisión de la contaminación procesal detectada y eliminar toda la esforzada y procedente actividad de comprobación delictiva".
La Sala subraya en un auto del que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel que obrar de otro modo "supondría amparar verdaderas impunidades". La decisión respalda la tomada por el juez Pablo Ruz el pasado mes de octubre y avala la licitud de pruebas como las contenidas en el pen drive del contable José Luis Izquierdo o las grabaciones del ex concejal del PP en el Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) José Luis Peñas. La decisión da carpetazo definitivo a la pieza sobre posibles nulidades abierta en abril de 2010 por el juez instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, y avala las diligencias practicadas antes y después de que se autorizaran las escuchas, por las que en febrero de 2012 el Supremo condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ya validó en junio pasado las grabaciones entre Peñas y al lider de la trama Francisco Correa argumentando que su práctica no se podía equiparar a la técnica periodística de "cámara oculta" porque en este caso no medió "el engaño ni la presión ni se han extraído datos que afecten a la zona mas intrínseca de la personalidad". La nulidad fue solicitada por las defensa de Correa; su número dos, Pablo Crespo; y el testaferro del primero, Antoine Sánchez; al que se adhierieron las representaciones del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y otros seis imputados. De igual forma confirma el auto que el instructor, Pablo Ruz, dictó en mayo pasado.
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