"Hoy, en pleno siglo XXI, las personas mayores están abandonadas jurídica y socialmente"

Luis Javier Gutiérrez Jerez. Catedrático de Derecho Civil, profesor e investigador

Luis Javier Gutiérrez Jerez, tras una conferencia en la Academia San Dionisio de Jerez. / Manuel Aranda
Arantxa Cala

14 de junio 2024 - 05:00

Jerez/Nacido en Granada, en 1963, Luis Javier Gutiérrez Jerez estudió en el colegio de los Maristas. Doctor en Derecho por la Facultad de Granada, se especializó en Derecho Hereditario y de Sucesiones. Es además catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Jaén, ha sido decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Jaén, ha ejercido actividad jurisdiccional como magistrado en la Audiencia Provincial de Jaén y ha sido profesor e investigador en diversas universidades europeas y americanas. Igualmente, es académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada y es académico correspondiente de la Academia San Dionisio de Jerez. Pertenece a la Hermandad del Rocío de Jerez, "para mí algo verdaderamente esencial como persona, por mi fe y mis tradiciones". Es un gran amante del mundo del caballo. Es padre de un niño.

-Usted afirma que las últimas reformas legislativas dejan indefensas a las personas mayores. Así lo ha defendido en una conferencia que ha ofrecido recientemente en la Academia San Dionisio de Jerez titulada 'Las reformas legislativas imprescindibles para una adecuada protección de las personas mayores ante el Derecho Civil'.

-Ahora mismo estamos en un proceso de adaptación social de las normas del ordenamiento jurídico que se ha centrado fundamentalmente en las personas con discapacidad como objetivo principal en los últimos años. Fruto de esa preocupación ha sido la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, algo que ha modificado el ordenamiento jurídico de una forma muy profunda. Pero el marco de regulación ha dejado fuera todo lo relativo a las personas mayores, que digamos que no son una prioridad para el legislador. Hoy, en pleno siglo XXI, las personas mayores están abandonadas jurídica y socialmente. Hoy esta todo digitalizado y nos estamos olvidando del campo moral de la persona. Habría que promover una convención de Naciones Unidas sobre las personas mayores, que no la hay.

-Y eso a pesar de que la población está cada vez más envejecida.

-Es que uno de los retos que tenemos es definir qué entendemos por persona mayor porque esto no está claro ni muchísimo menos. Fuera del ámbito de la seguridad social en cuanto al periodo activo, hay otros muchos conceptos que se pueden evaluar, aplicar para calificar o perfilar el concepto de persona mayor. Yo he elaborado un concepto que es mixto entre el sistema europeo, que considera a la persona mayor aquella que ha sobrepasado ya el periodo activo laboral, sea cual fuere su edad. Yo defiendo ese concepto unido al de la funcionalidad, es decir, en España la edad de la jubilación está ahora en los 67 años, pero hay profesiones que tiene una operatividad hasta los 70 e incluso más, como la carrera judicial, la universidad, etc. ¿Esto significa que una persona con 70 años que tiene actividad técnica, científica plenas, es una persona mayor? Pues desde mi punto de vista, no. Creo que puede ser una persona con edad, pero no mayor en el sentido de que requiera una especial protección. Nos debemos centrar en el momento en que se alcanza una edad que ya está fuera del periodo activo y ahí es cuando la sociedad plantea el reto del mantenimiento de las condiciones sociales de las personas mayores.

-¿Qué puntos concretos están mal regulados o ni tan siquiera lo están?

-Destacaría la desheredación por maltrato psicológico de hijos y descendientes, algo que llevamos planteando la necesidad de regular desde hace más de 20 años porque no está contemplado en el Código Civil. Hay dos sentencias pioneras (30 de enero de 2015 y 27 de junio de 2018) en las que el Tribunal Supremo considera que es viable la desheredación de hijos por estos motivos. La pandemia fue un banco de pruebas también en cuanto a la soledad de las personas mayores y quizás se pudo ver con más claridad ese problema, con padres literalmente abandonados. Otro punto son los derechos de las personas ingresadas en centro de atención y residencias, donde no existe un estatuto orgánico y que afecta a la libre autonomía de la voluntad. Esto es muy importante porque produce un efecto dramático: cuando una persona mayor ingresa hay un proceso de sustitución de su declaración de voluntad. Lo que promuevo es un código ético y jurídico con una serie de restricciones a los titulares y que vaya orientado a la exigencia de responsabilidad patrimonial cuando esos centros no hayan respetado es marco de la libertad personal. También procuro que el Código Civil incluya también medidas de apoyo para las personas mayores.

-Usted pone el acento además en el problema de la ocupación de viviendas.

-Efectivamente, no hay una regulación clara al respecto, pero sí existen en el ordenamiento jurídico dos puntos claros. Hay dos delitos en el Código Penal que son el allanamiento y la usurpación de vivienda que generan gran confusión. El allanamiento se produce cuando la vivienda ocupada es vivienda habitual; la usurpación es cuando no es vivienda habitual. Si es usurpación, la policía no puede entrar directamente porque estaría cometiendo allanamiento de morada ya que las personas que han ocupado la casa, aunque sin justo título, tienen intención de que ésta sea su vivienda habitual. Hay que iniciar entonces un procedimiento civil de reclamación para obtener una licencia firme de restitución del inmueble. El problema importante es el allanamiento, cuando las personas mayores se van a hacer unas pruebas y ven cómo su domicilio ha sido ocupado y se les trata como si fuese una usurpación. No. En este caso la policía tiene que entrar de forma inmediata y proceder a la restitución del inmueble y no hay plazos.

"La tauromaquia es más fuerte que el impulso de las personas que pretenden su derogación"

-¿Hay legislaciones de otros países de los que aprender?

-La verdad es que el paso que se ha dado en España en la materia relativa a las personas con discapacidad ha sido muy importante. No hay una regulación igual en los países de nuestro entorno. Aunque países como Francia y Alemania nos ganan en los presupuestos. Tenemos un sistema muy diseñado desde un punto de vista jurídico, pero sin embargo tenemos una prácticamente ausente regulación de apoyos económicos. Pero, como todo, hay que ponerlo en una balanza: ¿yo qué quiero, grandes principios pero poco desarrollo económico o prefiero que sea real desde un punto de vista económico? Eso sí, tenemos un sistema sanitario, que no hay otro igual, que es de excepción, es fantástico: libre, gratuito y universal.

-Respecto a la Ley de Dependencia...

-Creo que la legislación en materia de dependencia tiene que cambiar radicalmente su planteamiento. No puede ser que en muchísimos casos dé lugar a una asistencia de dos o cuatro horas semanales, que a las personas mayores no les sirve de mucho, y mucho menos que se tenga en cuenta de una forma decisiva el nivel de renta. Una persona que está jubilada tiene una renta standard que el Estado ha determinado, ya no podemos decir que sea rica o no rica, esto lleva en muchas ocasiones a que haya un copago hasta el punto de que no sea exitoso el sistema de la ayuda. Si a eso le añadimos la tardanza de los expedientes y la ausencia de presupuestos para cubrir todas las necesidades pues el resultado es que el sistema deba replantearse radicalmente y diseñar incluso uno nuevo.

-Usted es un amante del mundo taurino. ¿Cómo está la cosa?

-La tauromaquia en España afortunadamente está en unas condiciones óptimas para continuar desarrollándose como manifestación cultural integrada en el seno de la sociedad. Hay dos leyes, de 2013 y de 2018, que se han ocupado de regularla como Patrimonio Inmaterial y de protegerla. Pero son dos leyes ordinarias por lo que hay un riesgo de que cualquier gobierno puede derogarlas. Habría que proteger el fenómeno de la tauromaquia como una manifestación de derechos fundamentales y debería regularse mediante una ley orgánica. La prohibición de la tauromaquia es un mito que se inició a finales del XVIII pero que nunca llegó a ejecutarse. Es la prueba de que un decreto del Rey Carlos IV no pudo con la tauromaquia porque está instalada en la cultura de las personas. La tauromaquia es más fuerte que el impulso de las personas que pretenden su derogación. Hay que recordar que es un medio de producción importantísimo de riqueza, y en los años 2022 y 2023 el IVA recaudado en los espectáculos taurinos superó más del doble de lo recaudado por IVA en el cine y en el teatro juntos. El toro bravo nace para esto, vive en un entorno idílico, y de una ganadería brava sólo va a la plaza un 5% de las cabezas. Y, sobre todo, hay críticas de gente que desconoce lo que ocurre diariamente en un matadero público, de los que uno sale horrorizado. La sociedad actual ha cometido el error de sustituir el concepto de Dios por la naturaleza y se permiten alteraciones de la realidad que nada tienen que ver con la verdad. Creo que lo que está en juego siempre es la libertad, que es la base de manifestaciones culturales. Y no se puede pretender que los toros le gusten a todo el mundo, al igual que el fútbol, que tiene mucho más de negocio que de deporte.

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