La ventana
Luis Carlos Peris
Reventa y colas para la traca final
Polémica
Sevilla/UNO procura no pensar mal porque es malo para la presión arterial, según los últimos estudios científicos de la Universidad de Wisconsin–Madison. ¡Pero no hay remedio! Debe ser patológico. ¿Pues no que me huele a cera quemada el asunto del IVA de la carrera oficial que afecta a los precios de los asientos de casi 33.000 almas? Los abonados están pagando ya un 21% más por las sillas, de lo cual se enteraron con menos margen que la estrechez de Placentines. ¡Un 21% duele más que un pisotón en una bulla de cangrejeros donde además te pueden apretar al mismo tiempo por otros lares!
¿Ustedes han visto a los señores del Consejo defender en algún momento la supuesta exención de este tributo conseguida hace veinte años? ¿No les asombra la facilidad con la que se han tragado en San Gregorio una subida del IVA que estaría basada exclusivamente en una respuesta de la Agencia Tributaria a una consulta formulada por una hermandad de Murcia en 2016? Nos dicen poco, muy poco sobre el asunto. Qué raro todo... Los abonados están como los apóstoles de Montesión: dormidos. Qué suerte tiene el Consejo con que no haya una asociación de defensa de los abonados de la carrera oficial. Es un público como el de los toros: se traga lo que salga de los chiqueros. Y donde dice chiqueros pongan tesorería del Consejo.
¿Por qué al Consejo no le importa nada de nada cobrar ese pedazo de IVA? Nadie lo explica. Pero miren ustedes, porque hay datos probados. El Consejo sí paga el impuesto a los suministradores de la carrera oficial. El coste del montaje casi llega a 1,5 millones de euros. Si el Consejo cobra por primera vez el IVA de las sillas y palcos a partir de 2020, es obvio que por primera vez se podrá deducir el tributo. Y eso, ¡albricias!, supone un piquito nada despreciable para los ingresos de la institución. El IVA no es una pena para las hermandades, ¡es una nueva fuente de ingresos! El Consejo, como el lobito, está cobrando. Y los abonados, como las ovejitas, están pagando. ¡Por eso nadie explica nada!
¿Se imaginan que después el IVA es reducido del 21% al 10%? Era solo por preguntar, porque ya saben de mi naturaleza desconfiada. No vean ataques del Gobierno de socialistas y comunistas contra las cofradías donde, cuando menos, hay una inacción interesada. ¿A quién beneficia el cobro del IVA? Al Consejo.
Distinto sería que Hacienda levantara actas fiscales por el IVA no cobrado de años anteriores. Entonces sí tendría el Consejo un serio problema como lo tuvo en 2000, pues le podrían reclamar del orden de tres millones de euros por los últimos cuatro años. Pero que sepamos eso no ha ocurrido.
¿Y qué me dicen de los cambios efectuados en el reglamento de sillas y palcos? El texto publicado en la web de Consejo se diferencia mucho del primero, aprobado en 2003. El que está en la web entró en vigor en octubre de 2019, por lo que ha sido cambiado recientemente. El artículo 4 ha desaparecido. Se lo han ventilado. Y era el precepto que dejaba claro que la carrera oficial no es un espectáculo público, sino el lugar donde tiene lugar una manifestación esencialmente religiosa.
¿Por qué prescinde el Consejo de una declaración tan ajustada y conveniente? ¿Acaso para acogerse, llegado el caso, a las ventajas fiscales del circo y otros espectáculos? Es solo una pregunta, porque como nadie habla ni dice nada... Por cierto, el Consejo podría rebajar los precios de las sillas para compensar el encarecimiento por el IVA, ¿no? Es solo una idea, oiga. No se me enfaden.
Una vez más, el asunto del dinero es de una opacidad impropia de los tiempos que corren. ¡Pobres abonados! Todo ha sido tan rápido que les pilló comiendo mantecados. Y se echaron a dormir en el huerto del... olvido. Volveremos a Wisconsin para que me lo miren. No se puede pensar tan mal.
La extraña supresión del artículo 4
Sobre estas líneas se puede leer el precepto número 4 del reglamento de sillas y palcos que entró en vigor en 2003. Se trata de un artículo que, en definitiva, deja claro el sentido religioso de la Semana Santa y, por tanto, la excluye de la consideración de espectáculo público. Nada que objetar. Parece de lo más lógico y sensato.Bajo estas líneas, el artículo 4 del actual reglamento que se puede consultar en la web oficial del Consejo, donde el texto es absolutamente distinto. El antiguo precepto ha desaparecido y nadie ofrece una explicación precisa. Cuando menos resulta llamativo. ¿Por qué? ¿Para futuras ventajas fiscales? Silencio.
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