Estas son todas las novedades de las deducciones de la Renta 2024

Son muchos los puntos que favorecen a los contribuyentes a la hora de desgravarse algo de la declaración de la renta

El Gobierno subirá el mínimo exento del IRPF para acompasarlo con el alza del SMI

Campaña del pago del Impuesto sobre la Renta del año pasado.
Campaña del pago del Impuesto sobre la Renta del año pasado.

Este 2024 presenta novedoso cambios con respecto al año anterior en lo referente a la declaración de la renta. En la nueva campaña llevada acabo por la Agencia Tributaria hay una serie de cambios que los usuarios deberán tener en cuenta a la hora de hacer el borrador que presentan para evitar algún tipo de sanción o multa por presentarlo con errores.

Una campaña más larga

La primera novedad es que la campaña de la renta de este 2024 comenzará unos días antes de lo que lo hizo el pasado 2023, será el 3 de abril cuando las primeras personas puedan presentar la documentación a la Agencia Tributaria, 8 días antes que el pasado año. También hay que añadir un día más al final de la campaña, ya que el último día para presentar el borrador será el 1 de julio, en lugar del 30 de junio como sucedió el pasado año.

Aunque hay que tener en cuenta que el 26 de junio será el último día para presentar la declaración online en caso de que el resultado de la misma sea a ingresar con domiciliación a cuenta.

Cambios en el mínimo exento de presentar la declaración

Tanto en el panorama nacional como autonómico se va a llevar uno de los cambios más significativos, y que se va a modificar la cantidad acordada acerca del sueldo bruto que es el mínimo que deben tener lo usuarios para tener que presentar la renta. éste deberá ser superior a 15.000 euros brutos con dos o más pagadores. El año pasado estaba fijado en 14.000 euros.

Autónomos y criptoinversores

Los autónomos sí que notarán estos cambios en la declaración en la renta y es que a partir de esta campaña, la Agencia Tributaria exige a todos los que estén dados de alta como autónomos a presentar de manera obligatoria la renta, independientemente de sus ingresos. Todos aquellos que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en algún momento del 2023, deberán presentar su declaración en 2024. Se estima que esta medida podría incrementar el número de autónomos obligados a declarar, que ya en 2022 superaba los 200.000.

Con respecto a los criptoinversores, todos aquellos que hayan invertido en criptomonedas durante el ejercicio 2023-2024 y cuyos ingresos en el extranjero tengan un valor superior de 50.000 euros, deben presentar el modelo 721 en la Renta.

Deducciones para los contribuyentes

El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha querido dejar constancia que hay una serie de gastos que si se han realizado a lo largo del ejercicio 2023- 2024 le podrán suponer a los contribuyentes un ahorro de hasta hasta 4.277 euros en la próxima declaración de la renta.

  • Adquirir un vehículo eléctrico: los contribuyentes se podrán deducir el 15% si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023. En estos casos, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta.
  • Instalar un sistema de recarga: aquellos que hayan instalado un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad podrán desgravarse un 15% del gasto de la inversión realizada. Ésta deberá haberse producido entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
  • Deducción por maternidad: Las madres podrán beneficiarse de una deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años, independientemente de si están trabajando o cobrando el desempleo. A
  • Aportaciones a planes de pensionistas: se mantiene en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque existe la posibilidad de incrementarlas 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.
  • Donativos a ONG, ideología o militancia: las ONGs permiten que se hagan deducciones de entre el 10 y el 80% dependiendo del dinero abonado. Con respecto a las cuotas de filiación a los partidos políticos, los contribuyentes podrán deducirse el 20%limitada a una base máxima de 600 euros. Y aquellos que colaboren con cuotas sindicales y colegios profesionales, también podrán deducirse un 20% aunque el límite se establece en 500 euros.
  • Trabajos para empresas del extranjero: los técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales en el territorio común.
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