Cómo solicitar la ayuda de 200 euros para las familias

El proceso se podrá hacer de forma virtual en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Quién puede solicitar el cheque de 200 euros de ayuda a las familias?

Una mujer, haciendo la compra en el supermercado
La ayuda está dirigida a las familias en situación de vulnerabilidad / ARCHIVO
B.O.

28 de diciembre 2022 - 16:52

El Gobierno ha anunciado un nuevo paquete de ayudas económicas para ayudar a paliar el impacto económico de la crisis derivada de la guerra de Ucrania. Entre sus medidas se encuentran la reducción del IVA para los alimentos de primera necesidad o un nuevo cheque de 200 euros dirigido a ayudar a las familias en situación de vulnerabilidad, que según los datos del Ejecutivo podrían ser hasta 4,2 millones las beneficiadas de esta medida. Pero ¿cómo se puede solicitar esta ayuda?

Cuestiones a tener en cuenta

El proceso para pedir la ayuda se realizará a través de la Agencia Tributaria, que será el organismo encargado de gestionar estas ayudas.

Para solicitarlas se debe tener en cuenta que se trata de un cheque por hogar. Podrán beneficiarse las personas que tengan su residencia habitual en España y que cuenten con unos ingresos que no superen los 27.000 euros anuales y que la unidad de convivencia no supere los 75.000 euros de patrimonio (no se tiene en cuenta el valor de la vivienda habitual en este cálculo).

Podrán acceder a la ayuda personas que estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad o que hayan recibido una subvención por desempleo. Sin embargo, no podrán hacerlo quienes reciban una pensión, el ingreso mínimo vital o personas que fueran administradores de una sociedad mercantil a día 31 de diciembre de 2022.

¿Cómo pedir la ayuda?

Se podrá solicitar el cheque a través de un formulario electrónico al que se podrá acceder desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. El plazo para acceder y mandar el formulario con los datos pertinentes comenzará el 15 de febrero y terminará el 31 de marzo de 2023.

El pago se realizará de una sola vez a través de una transferencia bancaria. La Agencia Tributaria será la encargada de estudiar los casos y resolverlos, en el caso de ser una resolución negativa, se informará al solicitante. Y este tendrá desde el día siguiente un plazo de 10 días para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere necesarios.

Se podrán estudiar los casos incluso después de la resolución para comprobar que no se ha producido un incumplimiento de los requisitos. De haberlo se pedirá al solicitante que reintegre la ayuda, a lo que se suma un interés que dependerá de lo mucho que se haya tardado en hacer esta gestión (es decir, un interés por demora).

En este caso el interesado también dispondrá de un plazo de 10 días para realizar los alegatos y la entrega de los documentos que correspondan y que se considere que puedan ser necesarios. Según lo establecido en el BOE el plazo máximo para la resolución y la notificación del procedimiento de reintegro será de 6 meses desde la notificación del reintegro de inicio.

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