El SEPE aclara cómo los parados pueden recuperar el paro tras haberse ido voluntariamente de un trabajo

La ley permite recuperar la prestación contributiva acumulada por tiempo trabajado, pero bajo ciertas condiciones para evitar fraude

Cómo acceder a la ayuda del SEPE de casi 600 euros para amas de casa: requisitos imprescindibles

Oficina del SEPE.
Oficina del SEPE.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aclarado recientemente los supuestos en los que los trabajadores desempleados pueden recuperar la prestación por desempleo tras haber causado baja voluntaria en su anterior empleo. Según la normativa vigente, para poder acceder al cobro del paro es necesario que el cese laboral no se haya producido de forma voluntaria por parte del trabajador, ya que el sistema de protección por desempleo ampara a aquellas personas que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.

No obstante, existen algunas excepciones contempladas en la ley que permiten al trabajador rescindir su contrato por cuenta propia y acceder igualmente a la prestación contributiva acumulada durante el tiempo trabajado. Estos supuestos están regulados en el artículo 50.1.b del Estatuto de los Trabajadores y se refieren a incumplimientos graves por parte del empleador, como la falta o retraso continuado en el pago del salario pactado, modificaciones sustanciales en las condiciones laborales, movilidad geográfica forzosa o cualquier otra vulneración seria de las obligaciones empresariales. En estos casos, el trabajador tendría derecho a percibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente.

Condiciones para recuperar el paro tras una baja voluntaria

Fuera de las situaciones excepcionales mencionadas, si un trabajador causa baja voluntaria en su puesto sin una justificación legal, perderá el derecho a cobrar la prestación por desempleo que hubiera acumulado hasta ese momento. Para volver a generar ese derecho, deberá incorporarse a un nuevo empleo y cumplir una serie de requisitos:

  • Si el nuevo contrato finaliza por no superar el periodo de prueba por decisión de la empresa, pero han transcurrido menos de 3 meses desde la baja voluntaria anterior, seguirá sin derecho a paro.
  • Si por el contrario han pasado más de 3 meses, sí podrá acceder a la prestación siempre que reúna el resto de condiciones exigidas.

En cualquier caso, el SEPE estudiará cada situación particular para determinar si existen indicios de un posible fraude de ley en la última contratación, con el objetivo de prevenir el acceso indebido a la protección por desempleo.

La prestación contributiva por desempleo

La prestación contributiva por desempleo es una ayuda económica a la que tienen derecho los trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria y cumplen una serie de requisitos legales. Para generarla es necesario haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo, que varía en función de la edad y otras circunstancias personales.

Su cuantía se calcula en base a las cotizaciones realizadas durante los últimos 180 días trabajados y tiene una duración que depende del tiempo total cotizado en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Durante su percepción, el beneficiario debe participar en acciones de formación y búsqueda activa de empleo.

Consecuencias del cese voluntario del trabajador

Causar baja voluntaria en una empresa sin una causa justificada no solo supone la pérdida del derecho al paro, sino que también puede acarrear otras consecuencias negativas para el trabajador:

  • No percibirá la indemnización por despido que pudiera corresponderle.
  • Podría tener problemas para acceder a otras ayudas o subsidios por desempleo en el futuro.
  • Quedará en una posición de desventaja a la hora de negociar nuevas condiciones laborales o solicitar referencias de su antiguo empleador.

Por ello, es recomendable agotar todas las vías de diálogo y mediación antes de llegar a la decisión de rescindir unilateralmente un contrato laboral. Y en caso de hacerlo, asegurarse de que existe una causa legal que lo ampare.

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