Este es el requisito que necesitas cumplir en tu jubilación a partir de ahora para poder cobrar el 100% de la pensión

En 2025 será necesario haber cotizado durante al menos 38 años y 3 meses para obtener la pensión completa a los 65 años

Finalmente, en 2027 el período de cotización mínimo se extenderá a los 38 años y 6 meses

La pensión media de jubilación se sitúa en 1.302 euros en Andalucía

Una pareja de jubilados pasea por Sevilla. / Juan Carlos Muñoz

Cada año, aumenta la edad legal de jubilación. Y, con ella, los requisitos para obtener el 100% de la pensión. Esta es una de las cuestiones que más preocupa a los trabajadores que se acercan al final de su vida laboral y se preguntan qué cuantía les corresponde si se jubilan ahora o cuánto deben esperar para cobrarla en su totalidad.

Precisamente, fue la reforma de 2011 y que entró en vigor en 2013, la que estableció un calendario progresivo para incrementar tanto la edad legal de jubilación como los años de cotización necesarios para obtener la pensión completa. Se trata de un proceso de más de diez años, que llegará a su fin en 2027, cuando sea necesario tener 67 años para obtener la totalidad de la pensión.

2025: 38 años y 3 meses de cotización para jubilarse a los 65

Como hemos podido ver, cada año aumentan las cifras. Así que, si en 2024 es necesario haber cotizado 38 años a la Seguridad Social para jubilarse a los 65; en 2025 será necesario haber cotizado durante al menos 38 años y 3 meses para obtener la pensión completa a esa misma edad.

En el caso de que no se llegue al citado período de cotización, el trabajador podrá recibir la jubilación plena a los 66 años y 8 meses. De esta forma, se obliga a una permanencia en el mercado laboral más extendida en el tiempo, por lo menos si la intención es la de gozar de mejores condiciones económicas, en la medida de lo posible.

Un plan con vistas a 2027

Finalmente, en 2027 terminará de consolidarse el plan, según el cual aquellos que quieran jubilarse a los 65 habrán de tener, como mínimo, 38 años y seis meses cotizados; y, de no ser este el caso, deberán continuar trabajando hasta los 67 años de edad. Claro que es posible acogerse a la jubilación anticipada, pero en ese supuesto ya no se recibirá el total de la pensión. En su lugar, el trabajador será penalizado con una reducción de la prestación económica que puede llegar a ser del 21% sobre el total. Y, en cualquier caso, siempre será necesario tener un mínimo de 33 años cotizados para solicitarla.

Excepciones dentro de la norma

Por supuesto, esta normativa recoge algunas excepciones. Tal es el caso de las madres que hayan interrumpido su vida laboral para cuidar de sus hijos y que podrán adelantar su jubilación hasta dos años. Eso sí, siempre que cumplan ciertos requisitos de cotización. También podrán jubilarse antes de lo previsto, aquellas personas cuyos puestos de trabajo sean considerados peligrosos, tóxicos o insalubres por la Seguridad Social. Ejemplo de ello son los cuerpos de seguridad, como los Policías Locales o los bomberos; así como trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, profesionales taurinos o determinados trabajadores ferroviarios. Claro está que, según el puesto de trabajo que corresponda, se determinan unos requisitos y características propias.

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