Fernando Faces
Perspectivas económicas: España 2025
Laboral
La prohibición de desarrollar determinados trabajos durante algunas horas del día cuando haya alertas por altas temperaturas estará en vigor desde este sábado 13 de mayo, según consta en el real decreto de medidas publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En una disposición incluida en la norma con medidas urgentes en materia agraria y de aguas, se establece que esta limitación afecte a todos los trabajos al aire libre y a lugares que no puedan quedar cerrados.
La disposición -añadida al real decreto que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo- es de cumplimiento en todos los espacios laborales incluyéndose una serie de actividades de forma explícita.
Se trata de medios de transporte utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo, así como lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte; obras de construcción temporales o móviles; industrias de extracción; buques de pesca o campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona edificada de los mismos.
En todos los casos, deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras incluyendo la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos.
Si la Agencia Estatal de Meteorología, o el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que lo tengan, emite un aviso de nivel naranja o rojo "resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista".
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