Fernando Faces
Perspectivas económicas: España 2025
La pensión mínima de jubilación para las personas con cónyuge a su cargo, la más habitual, aumentará en 67 euros al mes en 2024, hasta los 1.033 euros en 14 pagas o 14.466,2 anuales, un 6,9% más que este año que termina.
Según consta en el real decreto publicado este jueves en el BOE, en el caso de las de viudedad, quienes tengan cargas familiares cobrarán esos mismos 14.466,2 euros anuales, lo que supone 127 euros más al mes que este año o un alza del 14%.
Junto a la subida generalizada del 3,8% para todas las contributivas, y que también queda aprobada en esta norma, la reforma incluyó una senda de incrementos adicionales para las mínimas y no contributivas que oscilan entre el 14%, el 6,9% y el 5,3%, según los tipos de pensión.
Habitualmente, los incrementos de las pensiones se incluyen y detallan en los presupuestos generales del Estado, pero el adelanto electoral ha obligado a prorrogar las cuentas vigentes al arranque de 2024 y a incluir las actualizaciones de pensiones en el real decreto aprobado ayer con el bloque de medidas para seguir paliando el impacto del alza de los precios.
De vuelta a las pensiones mínimas de jubilación, las cuantías para 2024 varían en los distintos supuestos de aplicación (edad, cargas familiares o invalidez).
Si tiene 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 11.552,8 euros anuales o 815,1 mensuales y, si no ha cumplido esa edad, cobrará 10.808 euros anuales, 772 euros al mes, un alza del 5,3% en ambos casos.
En los supuestos de gran invalidez, para mayores de 65 la prestación mínima será de 21.698,6 euros anuales con cónyuge a cargo, un incremento del 6,9%, y de 17.329,2 euros para los que sean unidad económica unipersonal, un alza del 5,3%.
En viudedad, quienes tengan cargas familiares cobrarán esos 14.466,2 euros anuales, 1.033 euros al mes en 14 pagas, un alza del 14%, mientras que los titulares de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65% cobrarán 11.552,8 euros al año; entre 60 y 64 años, 10.808 euros; y con menos de 60 años, 8.752,8 euros, con subidas del 5,3% en todos los casos.
En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 3.533,6 euros al año, un incremento del 5,3%, cantidad que se eleva en 8.752,8 euros/año para la orfandad absoluta, que se repartirá, en su caso, entre los perceptores de una misma pensión.
Por beneficiario, con una discapacidad de al menos el 65% y menor de 18 años, se fija una pensión de 6.946,8 euros anuales.
Las prestaciones en favor de familiares aumentan en ese 5,3% a 3.533,6 euros anuales por beneficiario, a 8.534,4 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y a 8.043 euros si es menor de esa edad.
En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.219,2 euros al año entre todos.
Por otra parte, el real decreto ley también detalla los límites de ingresos para el reconocimiento de complementos por mínimos que para las pensiones contributivas establece en 8.942 euros anuales (sin cónyuge a cargo) y en 10.430 euros anuales (con cónyuge a cargo).
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