¿Es necesario inscribirse en el paro para cobrar la prestación si estás en un ERTE?
Crisis del coronavirus
Si estás en un ERTE y no haces nada, lo normal es que cobres el paro, ya que es la empresa la que se encarga de todos los trámites ante el SEPE, el único organismo competente para reconocer y abonar la prestación
El SAE, antes de esta medida, habilitó un formulario de inscripción para nuevos demandantes que sigue activo; su uso es conveniente, ya que así cuando se curse la prestación el SEPE dispondrá de todos los datos para abonarla
Sevilla/Las administraciones públicas se han lanzado a una carrera para agilizar al máximo los trámites para cobrar el desempleo, ante la avalancha de ERTE. Pero eso, que en principio es positivo, ha generado cierta confusión en los beneficiarios, que a estas alturas -al menos en Andalucía- en muchos casos siguen sin saber si tienen que inscribirse como demandante de empleo o ese proceso se realiza de forma automática. Las llamadas para resolver dudas son continuas.
Para entender la cuestión hay que retrotraerse a varias semanas atrás, cuando el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), dependiente de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, habilitó un nuevo formulario 'on line' para la inscripción inicial de personas que nunca habían estado registrados como demandantes de empleo. Quienes ya se habrían registrado en algún momento, (aunque de esto hiciera mucho tiempo), ya podían reinscribirse a través de la web. Era un paso importante, ya que es necesario para agilizar el cobro de la prestación por parte del SEPE.
Esto último, el reconocimiento del abono al que el parado tiene derecho, es competencia exclusiva del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es decir, del Gobierno, como se ha encargado de recordar la Consejería de Empleo estos días ante las acusaciones de partidos como Adelante de estar duplicando las competencias del Estado.
Hace unos días, el 29 de marzo, el SEPE, que hasta entonces animaba a los parados a inscribirse como demandantes en los servicios autonómicos, optó por que fueran las empresas las que aportaran los datos de sus empleados a este organismo, con lo cual, en principio, la inscripción y el reconocimiento del paro eran asumidos por el Estado. Es decir: las empresas inscribían a los trabajadores afectados por ERTE directamente en el SEPE y el propio SEPE procedía al reconocimiento. El objetivo era el mismo que el de la Junta: agilizar al máximo los trámites y que los beneficiarios pudieran cobrar cuanto antes.
Desde el Ministerio de Trabajo no hubo instrucción alguna a la Junta para que paralizara o modificara su formulario de inscripción, y desde la propia Consejería de Empleo se informa de que esta es una competencia propia, recogida en el Real Decreto 625/1985. No ha habido por parte del Ministerio ninguna orden que contradiga esa norma, por lo que la Junta ha entendido que puede seguir con el proceso de inscripción.
Ahora llega la pregunta clave: ¿Es suficiente para el incluido en un ERTE con no hacer nada, ya que todos los trámites los harán las empresas en el SEPE (organismo del Estado) o ha de rellenar el formulario del SAE (organismo dela Junta)? Pues la respuesta es que normalmente debe recibir la prestación sin hacer nada si está en un ERTE, pero con la inscripción en el SAE se asegura de que todo está bien. Es una garantía, un refuerzo. Y lo es más aún en el caso de que el interesado no haya estado inmerso en un ERTE y simplemente haya rescindido su relación laboral.
Y más teniendo en cuenta que el SEPE ha reconocido, en una comunicación a las autonomías, que hay numerosos casos en los que los inscritos en un ERTE no aparecen en sus registros o están los datos incompletos. En un principio, la idea era "generar ficheros" de los que no fueran demandantes y enviarlos a las autonomías para que estas se pusieran en contacto con los interesados. Pero el volumen de personas en estas circunstancias es tal que el SEPE se ha visto obligado a habilitar otra fórmula para no ralentizar los trámites, que está poniendo en marcha en estos días: contrastar los datos con los servicios autonómicos de empleo para que completen los vacíos que haya y después habilitar en las autonomías sistemas de inscripción automatizados.
Es una fórmula que ya ha anticipado el SAE, con lo cual, pese a que desde el punto de vista normativo puede haber confusión, al final se trata de no dejar atrás a ningún beneficiario. Y desde la Junta se deja claro eso: no habrá nadie que se quede atrás. Todos los que tengan derecho cobrarán el desempleo.
Eso sí, cuanto antes se reconozca la prestación antes se percibe la prestación por desempleo, por lo que desde la Junta se aconseja que se formalice la inscripción en su formulario, porque da más seguridad jurídica. Y no solamente por eso: la inscripción como demandante de empleo, más allá del pago de la prestación, da derecho a recibir ayudas públicas, y cuanto antes se haga antes es posible ser sujeto de ese derecho.
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