Análisis
Santiago Carbó
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Declaración de la Renta 2021
La declaración de la renta es una obligación para la mayoría de personas físicas residentes en España, en relación a todos los ingresos alcanzados el pasado año cuando el total de estos supere el mínimo establecido o cumpla una serie de requisitos específicos.
Son muchas las declaraciones que finalmente son presentadas con errores, ya sean por despistes o por cometerlos deliberadamente. La Administración cuenta con ciertos controles para comprobar la veracidad de la información, si estas comprobaciones resaltan alguna irregularidad es cuando se debe pagar la correspondiente multa a Hacienda. La empresa Mapfre ha reunido las faltas más frecuentes con sus correspondientes sanciones.
Es imprescindible verificar que todos los datos adjuntados se presentan de forma correcta. Es especialmente susceptible de sufrir fallos el cambiar de domicilio fiscal y no especificarlo en la declaración. Su sanción corresponde a 100 euros.
La Administración no tiene ninguna obligación ni responsabilidad cuando se deposita la declaración. Esto es, todos los procedimientos recaen sobre el contribuyente, el cual tendrá que revisar si debe añadir o modificar alguno de los datos. Si el borrador se confirma y este implica la presentación de alguna incorrección o la falta de alguna información la multa asciende hasta los 150 euros.
Otra de las incorrecciones más frecuentes está relacionada con solicitar deducciones correspondientes a devoluciones o reducciones a la hora de pagar, las cuales no corresponden a ciertos contribuyentes. Esto está tipificado como una infracción grave y se sanciona con un 15 % de recargo de la cantidad recibida. Además, si se ha omitido información fundamental o se ha falsificado, elgravamen es de 300 euros.
El uso de facturas o justificantes falseados para que el resultado sea positivo en una declaración con renta superior a 3.000 euros se sanciona con una multa de entre el 50 y el 100 % del importe.
Por otro lado, presentar la declaración fuera del límite establecido para ello implica el pago adicional de un recargo. Esta plusvalía depende de distintas circunstancias: en el caso de que sea el contribuyente el que realice la gestión antes del requerimiento de Hacienda y el resultado final es a pagar, esta cuantía será del 5 % adicional si han pasado 3 meses desde que finalizara la campaña de la renta, del 10 % si han trascurrido de 3 a 6 meses, del 15 % de 6 a 12 meses desde la finalización y de un 20 % si ha pasado más de un año.
Hay que tener en cuenta que si el resultado es el contrario, IRPF a devolver, el retraso se recarga con 100 euros adicionales.
Si la infracción consistiera en el uso de medios considerados fraudulentos la sanción cometida es de tipo muy grave y su multa asciende al 150 %. Por otro lado, si el fraude es de tipo millonario, para sanciones graves el valor está estimado en más de 30.000 euros mientras que las muy graves ascienden a más de 300.000 euros. Estas multas además acarrean junto a ellas otro tipo de penas como la suspensión profesional o la pérdida de subvenciones si estas se recibieran.
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