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Hijos de Rivera pierde la última batalla legal por el uso de la marca Estrella

Marcas comerciales

Una aceitera granadina podrá seguir utilizando su marca Estrella Andaluza en sus productos

Varias botellas de Estrella Galicia, de Hijos de Rivera
EfeAgro

26 de septiembre 2021 - 13:33

La compañía cervecera Hijos de Rivera ha perdido la última de las batallas legales emprendidas hasta el momento con la marca "Estrella" como protagonista, ya que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado su pretensión y ha autorizado a un grupo aceitero de Granada el uso de la enseña.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efeagro, confirma la resolución emitida por la Oficina Española de Patentes y Marcas y supone el último de una serie de casos que han llegado a sede judicial para dictaminar si el uso de "Estrella" por parte de otras empresas distintas a las cerveceras Hijos de Rivera y Damm se ajusta a la legalidad o no.

El fallo más reciente trata el recurso presentado por Hijos de Rivera (dueña de Estrella Galicia) contra el grupo granadino Hottos, que comercializa aceite de oliva bajo la denominación Estrella Andaluza.

En este caso, el tribunal recuerda que para impedir el registro de una enseña debe existir una semejanza fonética, pero también que los servicios y productos implicados pertenezcan a la misma categoría, algo que no ocurre en este caso al tratarse de cerveza y aceite.

Sin embargo, la legislación incluye una excepción para las enseñas calificadas como notorias, para evitar que empresas que nada tienen que ver puedan aprovecharse del prestigio de marcas más conocidas vendiendo otros productos pero asociándose al mismo nombre.

Aunque Estrella Galicia sí es una marca "renombrada", el TSJ incide en que sólo lo es en el sector de las cervezas, ya que "existen otras enseñas que contienen la denominación Estrella y son notorias en otros ámbitos, como el financiero o los seguros".

"La notoriedad de la que goza la marca Estrella Galicia en el sector de las cervezas no se puede extender al del aceite", concluye la sentencia, en la que se impone además una multa de 1.500 euros a Hijos de Rivera por las costas judiciales.

Dictamen opuesto al de Estrella de Madrid

En el fallo se recuerda otro caso similar resuelto en 2018, cuando el Supremo dio la razón tanto a la cervecera gallega como a la catalana Damm en su enfrentamiento con una tercera compañía que pretendía inscribir la enseña "Cerveza Estrella de Madrid".

En este caso, el tribunal dio la razón a Hijos de Rivera (dueños de marcas como Estrella Especial, Estrella Extra, Estrella Pilsen y Estrella Galicia) y a Damm (Estrella Levante, Estrella Dorada, Estrella del Sur, Estrella Roja) por considerar que sí había riesgo de confusión.

"Las marcas tienen un elemento común, el término Estrella, que se constituye como un elemento distintivo de las mismas para identificar una categoría de cervezas que gozan de una reputación entre los consumidores, por lo que la inclusión de ese mismo término en la marca solicitante evoca las preexistentes", determina la sentencia.

De hecho, añade que acompañar la enseña con "de Madrid" no supone "un elemento diferenciador que disipe todo riesgo de asociación o vinculación con las marcas notorias", ya que Hijos de Rivera y Damm ya comercializan cervezas acompañadas de vocablos "de carácter geográfico u otros".

Más casos

Sin embargo, en enero de 2021 Damm vio cómo el TSJ tumbaba su recurso contra la inscripción de la enseña "La cerveza rubia artesana para la gente de Getafe", en este caso por la semejanza en la parte gráfica, que en su opinión se asemejaban demasiado a los que utiliza para su gama de Estrella.

Concretamente, el grupo catalán protestaba por el uso de una estrella de cinco puntas en la etiqueta del producto, aunque los jueces desecharon su pretensión por no encontrar riesgo de confusión entre los consumidores al tener nombres tan diferentes.

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