¿En qué consiste la jubilación activa que plantea el Gobierno?

La reforma se aprobará previsiblemente en el Congreso el próximo 22 de enero

Año nuevo, vida nueva: cambios en las pensiones, impuestos y subvenciones en 2025

Jubilación flexible
La jubilación activa mantiene los incentivos de demora. / M. G.

El año 2025 ha comenzado con múltiples novedades que atañen al sistema de pensiones públicas. Más allá de la revalorización generalizada de las prestaciones o del aumento de la edad legal de jubilación hasta los 66 años y 8 meses, el Pleno del Congreso de los Diputados votará la el próximo 22 de enero una reforma que incluye, entre otras medidas, la regulación de la jubilación activa.

El Gobierno pactó con los sindicatos y la patronal esta reforma en septiembre de 2024 para "mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo", según indica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un comunicado. La reforma saldrá adelante previsiblemente gracias a los votos a favor del PP, pero ¿cuáles son los cambios que trae asociados?

Jubilación activa

La jubilación activa permite a los trabajadores que quieran permanecer más tiempo en activo una salida más flexible y pogresiva del mercado de trabajo. En este sentido, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso y tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora, de forma que cada año se incrementará el porcentaje de percibo de la pensión:

  • 1 año: 45%
  • 2 años: 55%
  • 3 años: 65%
  • 4 años: 80%
  • 5 años o más: 100%

En el caso de los autónomos, los requisitos se recrudecen. Los trabajadores por cuenta propia que se adhieran a la jubilación activa percibirán inicialmente el 75% de la pensión, siempre y cuando acrediten tener contratado de forma indefinida a un trabajador por cuenta ajena con una antigüedad de 18 meses, o bien contraten indefinidamente a un trabajador con el que no hayan tenido vínculo laboral en los dos años anteriores.

Igualmente, el porcentaje de la pensión se irá incrementando cinco puntos porcentuales por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida, de forma que las personas que compatibilicen trabajo y pensión cobrarán el 100% a partir del transcurso de 5 años desde que hubiese cumplido la edad legal de jubilación.

Jubilación parcial

La nueva reforma recoge asimismo mejoras en la jubilación parcial. Se amplía la posibilidad de anticipar el acceso a la jubilación de 2 a 3 años con respecto a la edad legal ordinaria, sin necesidad de aumentar los años cotizados. Durante el primer año, la reducción de la jornada laboral estará entre un 20% y un 33%. Estos cambios entrarán en vigor a partir del 1 de abril.

Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista: su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo.

Jubilación anticipada

La edad mínima de jubilación también se incrementa para aquellos que decidan jubilarse de forma anticipada, pues se eleva hasta los 64 años y 8 meses, dos años antes de la edad legal, si han cotizado al menos 35 años. Si la carrera laboral es más larga, se permite adelantar el retiro con 63 años cumplidos.

Si la jubilación anticipada es involuntaria, es decir, forzosa, es posible jubilarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria. Así, para 2025, se tienen que tener cumplidos 62 años y 8 meses y haber cotizado al menos 33 años. En el supuesto de carreras laborales más largas, la edad mínima es de 61 años.

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