Rogelio Velasco
Simplificación administrativa
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ya ha abierto el plazo para solicitar las nuevas ayudas para los autónomos incluidas en el Programa de Estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía.
En total, una inversión de 28,6 millones de euros en los próximos tres años y que está previsto que beneficie a alrededor de 24.000 trabajadores por cuenta propia de Andalucía.
Las solicitudes pueden presentarse desde el 30 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2021, y se establecen varios plazos en función del tipo de autónomo.
La Junta de Andalucía publicó en el BOJA la Orden que regula el Programa de estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía destinado a seis tipos de trabajador por cuenta propia:
Ahí está recogido cómo se aplicará la ampliación de la tarifa plana para los nuevos autónomos de 12 a 24 meses y los requisitos para obtener ayudas directas para el inicio de la actividad, inversión en innovación o contratación indefinida.
A continuación, detallamos los principales elementos de la orden y los colectivos a los que va destinada.
A imitación de Madrid -e incluso yendo un poco más allá- la Junta va a extender esta reducción de la cuota a la Seguridad Social 12 meses. Es decir, a la tarifa estatal de un año, se le sumará otra autonómica de otro año, con lo que el autónomo disfrutará de 24 meses de cuota reducida.
En general, el pago será de 60 euros al mes, pero hay colectivos para los que el esfuerzo será menor.
Así, para el autónomo agrario la tarifa será de 50 euros durante dos años; y será de 30 euros para las mujeres residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes (y que desarrollen su actividad allí) y para los jóvenes menores de 30 años -ya sean hombres y mujeres, también de 30.
En estos dos últimos casos, menores de 30 y mujeres rurales, la tarifa superreducida es asumida por la Junta desde el primer día, ya que a nivel estatal se establecen 60 euros durante un año y ahora son 30 durante 24 meses.
Para otro colectivo, el de las mujeres que cesaron en su actividad por maternidad, guarda por adopción, acogimiento o tutela, la Junta también extiende hasta los 24 meses la tarifa plana de 60 euros.
La Junta también modifica la Orden del 21 de septiembre de 2018, que regula el Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo. A diferencia de la tarifa plana, aquí hablamos de subvenciones directas.
La primera novedad es que son compatibles con la tarifa plana. Es decir, que cualquiera que esté disfrutándola puede optar también a una ayuda. Se elimina el requisito de demandante de empleo -que antes era obligatorio- y no se pide elaborar un plan de viabilidad, con el objetivo de salvar trabas administrativas.
En lo económico, el beneficiario cobra el 100% de la subvención tras ser concedida, no el 50% al principio y el otro 50% al final, como hasta ahora.
Como norma general, la cuantía se eleva de 2.600 a 3.800 euros para el inicio de la actividad y la segunda oportunidad (aplicable a las personas que cesaron en su actividad por causas ajenas a ellas). Pero la cuantía es mayor para los hombres menores de 30 y las mujeres menores de 35, que pasan de 3.800 a 5.000 euros.
Hay más ayudas: la destinada a la creación de una patente o diseño industrial asciende a 10.000 euros, y ya no es necesario tener registrada la patente. Basta con demostrar la utilidad del invento.
En lo que respecta a la ayuda a la contratación indefinida, se extiende su aplicación a contrataciones efectuadas en los 12 meses previos a la solicitud de la ayuda y se elimina el requisito que exige que transcurra un año desde la concesión de la ayuda para poder recibirla. La subvención asciende a 6.000 euros, que se reducen a 3.000 en el caso de la conversión de un contrato de aprendizaje en indefinido.
Por último, Empleo duplica la cuantía destinada a la inversión en activos fijos, que pasa de 10.000 a 20.000 euros
La Consejería de Empleo ha habilitado una página web con todos los detalles para la solicitud de las ayudas a los autónomos.
Las solicitudes y la documentación se presentarán única y exclusivamente de forma telemática en el formulario de solicitud normalizado en la web de la consejería.
También te puede interesar