Análisis
Santiago Carbó
Algunas reflexiones sobre las graves consecuencias de la DANA
Cotización
Sevilla/El Real Decreto-ley 13/2022 del 26 de junio de 2022 entró en vigor el pasado 1 de enero de este nuevo año 2023 y trajo consigo un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, sistema que está basado en los ingresos reales. Este es, a grandes rasgos, el cómo funciona este nuevo sistema de cotizaciones.
Para empezar, el autónomo ya no podrá elegir la base de cotización sino que tendrá que ajustarse a los rendimientos netos reales. Para calcular cuál será su nueva cuota, la Tesorería General de la Seguridad Social ha creado un simulador informativo que calcula la cuota de cada autónomo según sus rendimientos netos reales.
Por otra parte, para calcular sus rendimientos netos, la Seguridad Social dice lo siguiente: “hay que tener en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades que se realicen como trabajador autónomo, a los que hay que sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social, si se tributa conforme al régimen de estimación directa”.
Además de este cambio, los autónomos tendrán que llevar a cabo otra serie de cambios para ajustarse a este nuevo sistema de cotización. Vamos a decirte cuáles son los aspectos principales de este nuevo sistema de cotización, según la página web de la Seguridad Social:
Todos los autónomos que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2023, tienen que comunicar todas sus actividades como autónomo a la Tesorería General de la Seguridad Social, además de las personas que realizan más de una actividad como autónomo y que ya estuvieran dados de alta como trabajadores por cuenta propia antes del 1 de enero de 2023. El último día para la comunicación de las actividades como autónomo será el 31 de octubre de 2023, habiendo distintos plazos para comunicar cambios alrededor de los meses de marzo, mayo, julio y septiembre.
Los autónomos cotizarán a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos anuales. Esto no será así para las personas que forman parte de una institución religiosa que pertenezca la Iglesia Católica.
Según la Seguridad Social, “si a lo largo de 2023, se prevé una variación de los rendimientos netos, será posible seleccionar cada dos meses una nueva base de cotización y, por tanto, una nueva cuota adaptada a los mismos con un máximo de seis cambios al año”.
Las bases mensuales tendrán un carácter provisional y, finalizado el año, la Administración Tributaria le dará información a la Tesorería sobre los rendimientos anuales reales del autónomo.
Para los nuevos autónomos, durante los años 2023 y 2025, habrá una cuota reducida (o tarifa plana) de 80 € al mes durante el primer año de actividad.
Habrá dos tipos de bonificaciones:
Éstas son, en general, las novedades que traer el nuevo sistema de cotización para autónomos en 2023. Si deseas más información, puedes acudir a la portal online de Seguridad Social a través del siguiente enlace.
Temas relacionados
También te puede interesar
Luis Calabozo, director general de la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil)
“Los productores de leche necesitan modernizarse para garantizar el aprovisionamiento”Análisis
Santiago Carbó
Algunas reflexiones sobre las graves consecuencias de la DANA
“Avanzando desde Andalucía: claves para la internacionalización de pymes”
El vídeo resumen del encuentro “Avanzando desde Andalucía: claves para la internacionalización de pymes”Lo último
1 Comentario