Trabajo multa a Glovo con 79 millones y regulariza como empleados a 10.600 "falsos autónomos"
La empresa de recogida y envío de pedidos anuncia que recurirá la sanción impuesta por inclumplir la legislación laboral
La miseria en bicicleta
Sevilla/La Inspección de Trabajo comenzó el pasado lunes a notificar actas de infracción y liquidación a la empresa Glovo en Barcelona y Valencia, que suponen la imposición de casi 79 millones de euros en multas por tener a 10.614 trabajadores como falsos autónomos.
Tal y como adelantaba este miércoles la Ser y ha podido confirmar Efe, con dichas actuaciones la Inspección de Trabajo habría sancionado a Glovo con 63,2 millones de euros en Barcelona y con 15,7 millones en Valencia.
En las actuaciones inspectoras llevadas a cabo sobre Glovo en Barcelona se ha constatado la relación que une a la empresa con, al menos, 8.331 empleados, hasta ahora trabajando como autónomos.
En concreto, se ha levantado un acta de infracción por ocultar la relación laboral de estos trabajadores y, por consiguiente, por no haberlos dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social, lo que ha conllevado una multa por importe de 39,06 millones de euros.
Asimismo, la Inspección ha levantado un acta de liquidación por la falta de cotización a la Seguridad Social de la empresa por estos trabajadores, con una sanción por importe 24,16 millones.
En Valencia, la Inspección ha confirmado la relación laboral con 2.283 trabajadores y ha procedido a levantar un acta de infracción por 10,7 millones de euros y una de liquidación por 5,05 millones de euros, al tiempo que ha impuesto una sanción por obstrucción a la labor inspectora que asciende a 2.500 euros.
En las actuaciones realizadas en esta ocasión la Inspección ha llevado a cabo entrevistas con la empresa y con los trabajadores, y ha examinado todo tipo de documentación con trascendencia para la verificación del cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.
Asimismo, ha acreditado que la empresa no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores sino una empresa que presta servicios de reparto y mensajería fijando las condiciones esenciales de prestación de dicho servicio.
La Inspección ha constatado que en la relación entre la empresa y los repartidores concurren las notas de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral.
En lo que va de año Glovo suma ya 42,2 millones de euros en liquidación de cuotas a la Seguridad Social y otros 84,4 millones por infracciones, a lo que se suman sanciones por 14.000 euros en dos actas de obstrucción a la labor inspectora.
La propia ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha confirmado este miércoles tamto la regularización de más de 10.600 trabajadores de la empresa de reparto Glovo, como que la Inspección de Trabajo ha actuado contra esta compañía con una multa millonaria de casi 79 millones de euros por vulnerar los derechos laborales de sus empleados.
"Estamos ante unos falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa como ha caído con la Inspección de Trabajo", ha dicho en los pasillos del Congreso tras confirmar que Glovo ha sido multada con casi 79 millones de euros.
Díaz ha explicado que Glovo ha actuado de manera "gravísima" en dos aspectos, vulnerando los derechos laborales y obstruyendo también la labor de la inspección de trabajo: "Y esto es gravísimo en un Estado social, democrático y de derecho, donde las empresas tiene que cumplir la ley".
"Y por esta razón se ha actuado contra esta empresa regularizando a más de 10.600 trabajadores y con un importe de una multa muy elevado, llegando casi a los 79 millones de euros", ha recalcado.
Díaz ha sido tajante al añadir que la "ley se aplica a todo el mundo y desde el Ministerio de Trabajo no vamos a parar y vamos a cumplir la ley".
Glovo recurrirá
La empresa de recogida y envío de pedidos Glovo "va a recurrir" contra la multa de 79 millones impuesta por la Inspección de Trabajo por considerar que emplea a 10.600 de sus repartidores como falsos autónomos, según han confirmado fuentes de la firma.
Según Glovo, se trata de una resolución de Trabajo contra la que la empresa tiene que presentar alegaciones y, en ese sentido, la compañía tiene previsto recurrirla.
Las mismas fuentes han afirmado que la sanción no está relacionada con la Ley Rider, porque el período inspeccionado comprende desde 2018 hasta el 11 de agosto de 2021, fecha de entrada en vigor de la normativa.
En cuanto al importe de la multa, las fuentes de Glovo han declarado que incluye "no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social sino también una propuesta de sanción por cada repartidor".
Asimismo, Glovo ha asegurado que durante el período de inspección "pidió ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones así como distinta documentación, algo que fue rechazado por la Inspección de Trabajo y pospuesto al momento en el que el acta ha sido presentada".
"Se trata de una resolución unilateral que implica una propuesta de la inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la Justicia se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y o de infracción", han añadido.
Fiscalización máxima al negocio de los repartidores, que mueve 3.000 millones de euros al año
Glovo, la plataforma de reparto a domicilio que se opuso a la norma que acaba con los repartidores autónomos ha sido castigada por desobediencia; son las condiciones laborales de los repartidores el foco legal de un negocio que mueve casi 3.000 millones de euros al año.
Es la cifra que según datos de The NPD Group se han gastado los españoles (2.990 millones de euros, exactamente) en pedir comida de restaurantes a domicilio (no incluye el gasto en pedidos a supermercados), desde que en agosto del pasado año entrara en vigor la nueva ley, que obliga a las empresas de reparto a contratar como asalariados a sus "riders" para acabar con los "falsos autónomos".
Las empresas que llevan a casa estos repartos son plataformas digitales que se benefician de la capacidad de expansión que proporciona este entorno, un fenómeno de economía colaborativa y comercio electrónico de rápido desarrollo que en muchos casos no encuentra encaje en las legislaciones actuales.
Se trata de servicios profesionales bajo demanda que suelen ser acusados de competir deslealmente con el comercio tradicional, ya que sus compañías pagan pocos impuestos en relación a sus ingresos, y en el ámbito laboral las condiciones de los trabajadores están muy cuestionadas.
La ley es en realidad una disposición adicional en el Estatuto de los Trabajadores que entró en vigor en agosto de 2021 y que recoge la "presunción de laboralidad" en el ámbito de las plataformas digitales de reparto.
Esto significa que la normativa entiende que los repartidores autónomos, como personas que prestan servicios retribuidos a una empresa bajo control y subordinación de la misma, son en realidad personal con relación laboral con esa corporación.
Un año después de su entrada en vigor, la última estimación de empleo de la patronal Adigital cifra en 29.300 los repartidores que habrían pasado de autónomos a asalariados, pero siguen abiertos casos judiciales con las empresas.
En lo respecta a los repartidores, no a todos les gustó la ley y algunas asociaciones de estos trabajadores se manifestaron reclamando poder seguir siendo autónomos, porque de esa manera pueden escoger cuándo trabajar, priorizando los momentos de alta demanda para obtener mayores ingresos.
Los repartidores también ven con miedo que el destino de muchos de ellos es la subcontratación por terceras empresas, algo que sí permite la ley y que consideran un modelo mucho más precario.
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