Separación de bienes o régimen de bienes gananciales: estas son las diferencias

La mayoría de comunidades autónomas españolas casan a las parejas en régimen de bienes gananciales a excepción de Cataluña y Baleares

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho: derechos y requisitos

Una pareja firma el contrato matrimonial
Una pareja firma el contrato matrimonial / M. G.

Cuando una pareja decide casarse aparte de tener que elegir los preparativos de la boda hay que tener en cuenta decisiones importantes de cara al tipo de sociedad que se va a formar dentro del matrimonio. Hay que decidir qué modelo de economía personal y fiscal se va a quedar establecido. Se tiene que decidir cuál será el modelo que más conviene en cuanto a los bienes de cada miembro de la pareja. Esto será determinante si el matrimonio se termina disolviendo.

En España el sistema de modelo que se aplica en todas las comunidades autónomas es el régimen de bienes gananciales, a excepción de Cataluña y Baleares que si los novios no comunican lo contrario, se casarán con un régimen de separación de bienes.

¿Qué son el régimen de bienes gananciales y la separación de bienes?

Son los dos modelos más común que existe en España para repartir los bienes que una pareja posee una vez han contraído matrimonio.

Casarse en régimen de bienes gananciales significa que todos los bienes que posean los dos miembros de la relación pasan a ser comunes una vez que el matrimonio está firmando y en caso de divorcio éstos se reparten a partes iguales entre los miembros de la pareja.

La separación de bienes es el proceso en el que los integrantes de la sociedad separan el patrimonio de cada uno de manera individual. Manteniendo así la autonomía patrimonial y la libre disposición de los bienes. Para llevar a cabo este proceso hay que elaborar las capitulaciones matrimoniales, que es un documento legal que se realiza ante notario y se inscribe en el Registro Civil.

Diferencias entre separación de bienes y bienes gananciales

  • En el caso de casarse en régimen de gananciales se genera una unificación del patrimonio matrimonial. Es decir, todos los bienes, derechos y deudas de la pareja se comparten al 50%. El dinero aportado por cada miembro de la pareja es de los dos, no importa la procedencia o quien lo haya ganado. En el caso de la separación de bienes cada cónyuge mantiene su su patrimonio separado.
  • En caso de deuda como una hipoteca o préstamos los dos deben responder ante la deuda contraída, en cambio si se elige el régimen de separación de bienes, solo la persona que haya contraído esa deuda deberá responder ante ella. Excluyendo al otro miembro del matrimonio. Así las deudas nunca se las podrán reclamar al otro cónyuge.
  • Durante el matrimonio, si la pareja quiere vender algunos de los bienes ambos deben estar de acuerdo y dar su consentimiento si están casados en régimen de gananciales. Algo que no sucede si se está en régimen de separación.
  • El régimen ganancial dividirá todo el patrimonio de la pareja a partes iguales si la relación no llega a buen termino y acaba en divorcio. A excepción de los bienes privativos como son los heredados o percibidos por donación. Por el contrario, en separación de bienes las parejas no tienen nada que dividir, cada uno se queda con lo que es suyo.

Una duda frecuente entre las personas que vana casarse y no saben qué tipo de régimen elegir para establecerse como sociedad es ¿Qué pasa cuando uno de los miembros de la pareja adquiere una vivienda o un bien antes de casarse y termina de pagar la deuda una vez casado? . En caso de que se hayan casado en gananciales la parte de la vivienda, local o bien adquirido será que compró antes de casarse será privativo (solo pertenecerá a esa persona) y el resto será ganancial.

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