Renta 2021: ¿Qué hacer si has cobrado el Ingreso Mínimo Vital?
Comienza la campaña de la renta
Ya ha comenzado la campaña de la Renta 2021 y empiezan a surgir las primeras dudas entre aquellos que deben de confirmar borradores, rellenar impresos o solicitar citas con sus asesores de cabecera. Uno de los principales aspectos a tener en cuenta en esta ocasión es el factor del Ingreso Mínimo Vital ¿Qué hacer si he cobrado el Ingreso Mínimo Vital? Desde la Agencia Tributaria ya pusieron al servicio de la ciudadanía un cuestionario de preguntas y respuestas y los compañeros de Andalucía Orienta vuelven a incidir en varios aspectos con motivo del arranque de la campaña.
¿Cuándo tengo que presentar la declaración? ¿Tienen que hacerlo todos los miembros de mi familia? ¿Qué documentación necesito? ¿Debo pagar impuestos por lo que percibo del Ingreso Mínimo Vital? ¿Qué obligaciones tengo como beneficiario del IMV? Estas son algunas de las preguntas que se hacen los usuarios y que los técnicos de servicio andaluz intentan aclarar
En primer lugar es importante saber que aquellos que se han beneficiado del Ingreso Mínimo Vital tienen la obligación de presentar la declaración de la renta, tal y como se especificó en el Real Decreto-Ley 20/2020. La obligación es tanto para los beneficiarios directos como para los integrantes de su unidad de convivencia.
Plazo para presentar la declaración
El plazo para presentar la declaración arranca este miércoles 7 de abril y se prolonga hasta el 30 de junio. A partir del 4 de mayo existe la posibilidad de concertar citas previas telefónicas en el 901 12 12 24 y a partir del 27 de mayo, las citas previas de forma presencial en el 901 22 33 44. En la gran mayoría de casos estaremos ante una declaración muy sencilla de realizar, puesto que no tendrán que incluir ingresos y por tanto su cuota será cero, es decir, ni tendrán que ingresar, ni les tendrán que devolver.
¿Quiénes tienen que presentar la declaración?
Todos los miembros de la unidad de convivencia, incluidos los menores de edad. En este caso se recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros, si los padres están casados. En caso contrario, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos y el otro declaración individual.
Recibir el Ingreso Mínimo Vital no te obliga al pago del impuesto sobre la renta siempre que no superen los 11.279,39 euros anuales. Eso sí, el receptor del Ingreso Mínimo Vital sí tiene que cumplir una serie de obligaciones:
- Informar de cualquier cambio de domicilio del beneficiario o de cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia
- Inscribirte como demandante de empleo en un plazo máximo de 6 meses desde la notificación de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital
- Comunicar el fallecimiento de cualquier miembro de la unidad de convivencia
- Notificar cualquier viaje de más de 90 días a un país extranjero de cualquier miembro de la unidad de convivencia.
Tras todas estas apreciaciones ya estás list@ para solicitar el borrador de la Renta 2021 en la web de Hacienda.
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