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La Junta aprueba la nueva regulación de declaración de interés turístico

Turismo

La norma simplifica los procedimientos, refuerza la exigencia e incorpora una nueva modalidad para lugares de gran demanda.

La Junta aprueba la nueva regulación de declaración de interés turístico
R. E. Sevilla

06 de julio 2016 - 09:08

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer un nuevo decreto regulador de las declaraciones de interés turístico, con el fin de mejorar y actualizar este instrumento de promoción de la comunidad autónoma. La norma, que sustituye a la vigente desde 2005, introduce como principales novedades la simplificación de los procedimientos y la creación de la nueva modalidad lugares de interés turístico, que se suma a las seis actuales.

Según explicó el consejero de Turismo y Deporte, Francisco Javier Fernández, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la nueva regulación facilita la labor de las personas, entidades e instituciones solicitantes a través de medidas de agilización de trámites y de una mayor definición de los requisitos y criterios de valoraciones.

Para mejorar la seguridad jurídica, se incluye un procedimiento de modificación y se desarrolla otro de revocación, con especial atención a reforzar los niveles de exigencia y a evitar el deterioro del entorno natural o urbano.

Respecto a los lugares de interés turístico, esta nueva modalidad engloba aquellos espacios culturales, naturales, urbanos, deportivos y de ocio que constituyen recursos estratégicos en virtud de la demanda de visitas que generan o de su puesta en valor. Asimismo, incluye elementos de la oferta que hasta ahora no podían ser declarados pese a su atractivo, como museos, centros de interpretación, edificios singulares o parques culturales y faunísticos. Junto con esta tipología se mantienen las de rutas turísticas, itinerarios, publicaciones, obras audiovisuales, acontecimientos de trascendencia y fiestas.

El procedimiento para la declaración de interés turístico puede iniciarse tanto a petición de las personas o instituciones interesadas como de oficio por la Consejería de Turismo y Deporte. Los solicitantes pueden ser diputaciones, ayuntamientos o entidades públicas o privadas cuando se trate de fiestas y acontecimientos, y personas físicas o jurídicas y administraciones y entidades públicas en el caso de lugares, rutas e itinerarios. Para las publicaciones y obras audiovisuales, pueden solicitar la declaración los autores, editores, productores o distribuidores.

Las declaraciones de interés turístico otorgan el derecho a figurar en las acciones de promoción de la Junta con un distintivo propio, además de ser tenidas en cuenta como mérito para recibir ayudas autonómicas. Esta catalogación conlleva, asimismo, las obligaciones de respetar las características tradicionales y específicas del bien declarado de interés, fomentar su calidad y velar por el respeto al medio ambiente.

Actualmente, la comunidad autónoma cuenta con 139 fiestas, acontecimientos, rutas, itinerarios y publicaciones declaradas de interés turístico, algunas de ellas tanto de ámbito nacional como internacional.

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