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Sevilla/La directora general de la Agencia Tributaria, Beatriz Viana, ha destacado este martes, ante la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Orden de regularización extraordinaria aprobada por el Gobierno donde se extiende esta medida al uso de dinero en efectivo no declarado, que "todos" los mecanismos para detectar dinero de origen ilícito siguen "plenamente vigentes".
En declaraciones a los periodistas tras visitar las plataformas de Renta 2011 de Sevilla, junto al delegado especial de la Agencia en Andalucía, Alberto García, Viana ha señalado que con esta medida se espera recaudar un total de 2.500 millones, lo que es una "estimación realista". Ante esta medida que entre en vigor este martes y permanecerá abierto el plazo hasta el 30 de noviembre, la directora general de la Agencia Tributaria ha señalado que "siguen vigentes todas las normativas penales y la normativa antiblanqueo exactamente igual que ocurría ayer o hace seis meses", por lo que "todos los mecanismos para detectar el dinero de origen ilícito están plenamente vigentes".
Según la orden ministerial que publica el BOE y que desarrolla el Decreto Ley aprobado por el Gobierno, podrán acogerse a la amnistía aquellos contribuyentes que manifiesten ser titulares de dinero en efectivo no declarado con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Para regularizarlo, los ciudadanos sólo tendrán que depositar la cantidad en una cuenta a nombre del declarante antes de presentar la declaración tributaria especial diseñada para este fin.
Según la orden ministerial, podrán acogerse a la regularización extraordinaria los contribuyentes de IRPF, Impuesto de Sociedades e Impuesto de la Renta de no Residentes titulares de bienes o derechos de rentas no declarados. La titularidad de estos bienes y derechos deberá haberse adquirido antes del 31 de diciembre de 2010 y podrá acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
Los bienes o derechos se declararán por su valor de adquisición, excepto en el caso de cantidades en cuentas abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, que se declararán por el importe total del saldo al 31 de diciembre de 2010. La cuantía que tendrán que pagar aquellos que se acojan a esta regularización extraordinaria será del diez por ciento del importe declarado y sobre la cuantía ingresada no serán exigibles sanciones, intereses ni recargos.
La declaración especial tendrá que presentarse antes del 30 de noviembre de 2012 y los datos relativos a la presentación serán de carácter reservado. Con esta medida, el Gobierno espera recaudar hasta 2.500 millones de euros.
Por otro lado, el BOE ha publicado también otra orden ministerial por la que se aprueba el gravamen especial de dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en España.
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