Estas son las claves del acuerdo para el fin de la temporalidad de los interinos
Empleo Público
Gobierno y sindicatos cierran el acuerdo para reducir la temporalidad en las administraciones
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MADRID/El Gobierno de España y los sindicatos de los funcionarios han llegado un acuerdo para conseguir reducir la temporalidad de estos puestos de trabajo. De esta manera más de 300.000 plazas de carácter estructural, llevadas por interinos, se convertirán antes del 31 de diciembre de 2024 en plazas fijas.
Las medidas acordadas contemplan que esta temporalidad se reduzca por debajo del 8 % de las plazas estructurales de todas las administraciones.
Qué plazas se verán afectadas
En principio, este acuerdo es de obligado cumplimiento para todas las plazas de carácter estructural, con dotación presupuestaria, las cuales se encuentren ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente en al menos los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Estas plazas tampoco deben haber sido incluidas en los acuerdos de mejora del empleo público de los años 2017 y 2018.
En cuanto al proceso, este seguirá con las mismas condiciones y características relativas al tiempo de ocupación y sectores, de manera independiente a las relaciones de puestos, plantillas u organización de recursos humanos de cada administración pública. De manera adicional, contará con una tasa extra para estabilizar a todo el personal temporal.
Todos los procesos seguirán el procedimiento concurso-oposición, aunque por primera vez para las ofertas de empleo público habrá una valoración de la fase de concurso. Esta fase cuenta con una valoración de un 40 % para tener en cuenta aspectos como la experiencia en el cuerpo o equivalentes.
Del mismo modo, todos los mecanismos relativos a la movilidad o a la promoción interna podrán ser compatibles con estos procesos para estabilizar al personal temporal. Las personas que no superen dichos procesos contarán dentro de la convocatoria de estabilización con bolsas de interinos específicas para su inclusión. En estas bolsas quedarán integrados los participantes que no habiendo superado los procesos selectivos sí cuenten con la puntuación definida como suficiente. No obstante, para quien no supere el proceso de oposición contará con una compensación económica, de máximo 12 mensualidad, de 20 días de retribuciones fijas por año trabajado. Esta compensación contará a partir de la fecha del cese efectivo.
Para el personal laboral de carácter temporal, la compensación económica se traducirá en la diferente entre el máximo de 20 días y la indemnización por extinción de contrato, prorrateándose los períodos inferiores a un año por meses con un máximo de 12 mensualidades.
El plazo establecido para la ejecución de estos procesos de estabilización debe ser asegurado por las administraciones públicas, adoptando medidas para el correcto desarrollo de todos los procesos selectivos. Deberán, asimismo, garantizar también la reducción de plazos, la acumulación de pruebas para el mismo ejercicio o la digitalización de procesos.
Reformas en la normativa base
El acuerdo entre el Gobierno español y los sindicatos también contempla diversas reformas en materia de empleo público, como es el caso de cuando se deba contar por razones de urgencia o necesidad a personal interino este se podrá nombrar siempre que que no haya un funcionario de carrera.
Otra de las reformas afecta a la sustitución transitoria de los titulares en un tiempo de forma estrictamente necesaria, para todos aquellos programas temporales que no superen los tres años de duración; o cuando se produzca un exceso de acumulación de tareas.
Las plazas vacantes del personal funcionario interino podrán seguir permaneciendo siempre que desde la fecha del nombramiento se haya publicado la convocatoria en el plazo de los tres años. En este caso, su cese no implicará compensación económica y el trabajador podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria.
Todas las vacantes nombradas para el personal funcionario interino deberán ser cubiertas en el menor tiempo posible mediante la normativa de cada ente público. De igual forma, las actuaciones irregulares derivarán en las responsabilidades correspondientes. En el caso de incumplimiento de los plazos máximos de permanencia, el personal laboral temporal tendrá derecho a una compensación económica.
Por otro lado, la educación o la sanidad disponen de un año para adaptar su legislación a las reformas establecidas en la normativa básica. En el acuerdo también se ha fijado el calendario de negociación en septiembre de este año y se ha creado una comisión de seguimiento de dicho acuerdo, para garantizar el correcto desarrollo del mismo.
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