Código de buenas prácticas en la hipoteca: qué es y cuándo acogerse a él
Para solicitarlo, el total de las 14 pagas que perciba la unidad familiar no puede superar los 29.400 euros
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La inflación causada por la guerra de Ucrania está provocando la subida en los tipos de intereses, lo que afecta a las hipotecas, encareciendo sus cuotas. Pero desde hace semanas en España está vigente el nuevo Código de Buenas Prácticas Bancarias, que tiene como objetivo aliviar económicamente la situación de los hogares cuyas hipotecas hayan subido, intentando que se alejen del riesgo de vulnerabilidad, reestructurando así su deuda.
Este Código de Buenas Prácticas va dirigido a las familias que tengan contratada una hipoteca de tipo variable, en cuyas cuotas una parte no es estable, sino que varía en función de agentes externos y que, por lo tanto, últimamente se ha visto cómo se incrementaban.
El código ofrece dos medidas y la persona que lo solicite deberá elegir una de ellas. Ampliar los años del plazo de devolución (hasta en 7) es una de ellas, para que así el importe de la cuota se reduzca hasta la cuantía en la que estaba en junio de 2022. También se puede 'congelar' la cuota 12 meses en la cantidad fijada en el mes comentado anteriormente, esto conseguirá una reducción del valor neto de la hipoteca de un 0,5%.
La otra opción es pasar de la hipoteca de tipo variable a una de tipo fijo, en la que la cantidad a pagar cada mes va a ser inmóvil. En este caso, el interés fijo que deberemos abonar lo marcará la entidad bancaria.
Condiciones para beneficiarse del Código
Los requisitos para acogerse al Código de Buenas Prácticas son los siguientes:
- Que el prestatario sea una persona física.
- Que la hipoteca sea de la vivienda habitual, que se haya constituido antes del 31 de diciembre de 2022 y cuyo precio no supere los 300.000 euros.
- Que el total de las 14 pagas que ingresa la unidad familiar no superen los 29.400 euros, aunque la cantidad límite podría ser de 37.800 o 46.200 euros si alguno de los miembros posee una discapacidad superior al 33 y al 65%, respectivamente.
- Que en los 4 años pretéritos a la presentación de la solicitud, la unidad familiar haya visto como la carga económica que supone la hipoteca se haya multiplicado por, mínimo, 1,2.
- Que más del 30% de los ingresos netos de los que dispone la unidad familiar se destinen a la cuota de la hipoteca.
Para solicitar esta ayuda hay que acudir a la entidad bancaria con la que tenemos contratada la hipoteca, donde habrá que presentar documentos como nuestras últimas nóminas, el libro de familia, la copia de la escritura de la vivienda o el certificado de empadronamiento de las personas que formen la unidad familiar.
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