Análisis
Santiago Carbó
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Endesa
En tiempos de crisis el ahorro y cuidar los pequeños gastos son cuestiones esenciales a la hora de aliviar la economía doméstica. Tras los cambios profundos que han sufrido las tarifas eléctricas a lo largo de este último año, son muchas las personas que tienen dudas sobre cómo llevar a cabo un consumo acorde, sin derroches y, sobre todo, de manera eficiente.
Para entender estos cambios regulatorios, orientados a hacer un consumo más sostenible y respetuoso con el medio ambiente, y cómo aplican a nuestro día a día, es fundamental conocer cuáles son los conceptos incluidos en la factura eléctrica, que aparecen en cuatro grupos.
En el primero de ellos está la potencia que marca el límite de la instalación eléctrica, cuanto más alta sea la potencia contratada, más electrodomésticos se pueden tener funcionando a la vez sin que salte el diferencial (lo que popularmente se conoce como “saltar los plomos”). La potencia es un término fijo y su facturación es independiente del consumo (se paga consumas o no). Y la energía, que es un término variable y depende del total de la energía consumida durante el periodo de facturación. Se calcula multiplicando los kilovatioshora consumidos por su precio. En un segundo grupo “Otros conceptos y Servicios” se factura el alquiler del contador. En un tercer grupo está el “Impuesto eléctrico”, un tributo fijado por Hacienda, dentro de los conocidos como impuestos especiales de fabricación. Y, por último, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La primera modificación ha sido la aplicación de la nueva normativa de peajes o tarifas de acceso que entró en vigor el pasado 1 de junio impulsada desde la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO).
Los peajes o tarifas de acceso son una parte de la factura destinada a cubrir el coste de las redes eléctricas (peajes de transporte y distribución fijados por la CNMC) y la retribución de las energías renovables o el sobrecoste de generación de energía en territorios no peninsulares (cargos fijados por el Gobierno).
Este cambio normativo afecta a la parte de la factura correspondiente a la potencia contratada y la energía consumida y responde a un doble objetivo. Por un lado, fomentar un consumo más sostenible mediante un uso más eficiente de la electricidad, y por otro, facilitar la descarbonización de la economía, permitiendo alcanzar los objetivos fijados tanto por la Unión Europea como por España.
El cambio consiste en establecer tres periodos distintos para el consumo de la energía: valle, horas más económicas, llano, horas de precio intermedio, y punta, horas más caras; y dos 2 periodos horarios diferentes para la potencia contratada, una para las horas punta y otra para horas valle.
Para los suministros de baja tensión con potencias contratadas de más de 15 KW, el cambio radica en pasar de tres períodos de potencia y energía a seis.
La otra modificación en la factura de la luz ha sido la bajada temporal del IVA del 21% al 10% a propuesta del MITECO y del Ministerio de Hacienda, que entró en vigor el pasado 24 de junio. Esta reforma ha sido adoptada para mitigar el impacto en la factura del incremento puntual de precios del mercado mayorista de electricidad, debido al encarecimiento del precio del gas, por la alta demanda registrada, unido a unos precios de derechos de emisión de CO2 que han tocado nuevos niveles récord.
No obstante, esta subida afecta únicamente a los consumidores con PVPC, es decir, aquellos que están acogidos a mercado regulado (en torno al 40% del total de los consumidores) y que están expuestos a la volatilidad del mercado. Al resto de consumidores, que tiene contratos en mercado libre, no les aplican estas subidas, ya que tienen precios fijos pactados con sus comercializadoras.
El impacto de la subida de los precios del mercado mayorista en el consumidor doméstico acogido al PVPC es de unos 6 €/mes más que en el promedio del periodo 2012-2020. Para aminorar este impacto, la reducción del IVA estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 para los consumidores con una potencia contratada inferior a 10 kW. Se calcula que la rebaja del IVA supondrá un descenso de 6 euros al mes en la factura de un hogar medio, por lo que su aplicación permitirá un ahorro de 36 euros hasta final de año.
En España, los clientes con una potencia contratada menor de 10 kilovatios, la mayoría de los clientes domésticos, tienen dos posibilidades de contratar el suministro eléctrico, bien en el mercado regulado, a través de una comercializadora regulada, o bien en el mercado libre, a través de una comercializadora libre.
La comercializadora regulada (COR) establece el precio al cliente conforme a las reglas dictadas por el Ministerio para la Transición Ecológica (lo que se conoce como PVPC, Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor). El precio del kilovatiohora cambia día a día y hora a hora según la oferta-demanda entre quienes producen energía (la compañía generadora) y quienes la venden al consumidor (la comercializadora).
Por su parte, en el mercado libre el precio lo oferta la empresa comercializadora, que lo publicita y lo indica en el contrato, tal y como ocurre con otros servicios como las tarifas telefónicas. Es el cliente el que decide qué oferta comercial le interesa más y cuál se adecúa mejor a sus necesidades. Este precio no varía durante la vigencia del contrato.
De los cerca de 27 millones de clientes domésticos que hay en España, más de 16 millones están en el mercado libre.
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