La aldaba
Carlos Navarro Antolín
La lección de Manu Sánchez
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 900 euros mensuales por catorce pagas a partir del próximo 1 de enero, lo que supone un incremento del 22,3%, el mayor alza desde 1977, equivalente a 164 euros más mensuales.
Así se desprende del real decreto aprobado el pasado 21 de diciembre por el Consejo de Ministros, y publicado este jueves en el BOE a través de una disposición del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, que no precisó de convalidación en el Congreso y que da cumplimiento al acuerdo presupuestario del Gobierno con Podemos para 2019.
La norma establece que el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 30 euros al día o 900 euros al mes (12.600 euros al año).
Este SMI se abonará tanto a los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar, y en él se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
Para los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo será de 42,62 euros al día, y para los empleados de hogar, de 7,04 euros por hora.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata, según fija el real decreto.
"El citado incremento atiende a la mejora de las condiciones generales de la economía y tiene como objetivo prevenir la pobreza en el trabajo y fomentar un crecimiento salarial general más dinámico", señala el real decreto.
En línea con las recomendaciones internacionales, añade en su exposición de motivos que para garantizar el derecho a una remuneración "equitativa" y "suficiente" que les proporcione a ellos y a sus familias un nivel de vida "decoroso", el Comité Europeo de Derechos Sociales ha interpretado que dicho umbral se sitúa en el 60% del salario medio de los trabajadores.
Elevar a 900 euros mensuales el SMI "acerca a dicha recomendación", subraya el real decreto, que destaca que es un factor "decisivo" para que la creación de empleo y la recuperación económica se traduzcan en una progresiva reducción "real" de la pobreza y de la desigualdad salarial.
Este incremento del SMI beneficiará a casi 2,5 millones de trabajadores, más de la mitad de ellos mujeres (56,7%), por lo que contribuirá a reducir la brecha de género en salarios y pensiones, según el Ministerio de Trabajo. De estos casi 2,5 millones de beneficiarios, 1,3 millones se encuadran en el Régimen General de la Seguridad Social (sin sistemas especiales); entre 750.000 y 800.000 en el sistema especial agrario y 400.000 en el sistema especial de empleados de hogar.
El comercio mayorista y minorista (18,8%), las actividades administrativas y auxiliares (14%) y la hostelería (10,8%) son los principales sectores que se beneficiarán por el alza del SMI. Le siguen servicios (7,7%), actividades sanitarias y de servicios sociales (6,8%), administración pública y defensa y Seguridad Social obligatoria (6,8%), actividades profesionales, científicas y técnicas (6,3%), educación (6,2%) e industria manufacturera (6%).
El real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, este viernes, si bien surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2019.
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