Autónomos: cómo acogerse a las nuevas medidas de cese de actividad

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Autónomos: cómo acogerse a las nuevas medidas de cese de actividad
Autónomos: cómo acogerse a las nuevas medidas de cese de actividad
Eva Hernández

16 de julio 2020 - 14:16

Pequeñas y medianas y grandes empresas de la mayoría de los sectores económicos del país se han visto afectadas, de un modo u otro, por la pandemia sanitaria del coronavirus.

Los pequeños autónomos se han llevado la peor parte porque han tenido que cesar su actividad, despedir a la plantilla o hacer un Erte en el mejor de los casos, y las ayudas públicas se han hecho esperar. No obstante, el Gobierno central anunció durante el confinamiento aplazamientos y ayudas para todos los empresarios afectados por la Covid-19 que, dependiendo del tipo de trámite duraba hasta llegar a la nueva normalidad.

Sin embargo, el Gobierno acordó con los autónomos extender hasta el 30 de septiembre las ayudas para los que sigan viendo afectado su negocio por el coronavirus y también crear un nuevo subsidio para los de temporada, según explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá / Archivo

Tres meses para el nuevo cese de actividad

El trabajador autónomo dispone de los tres próximos meses para acogerse al nuevo cese de actividad, que consistirá en una bonificación de las cuotas de la Seguridad Social en julio, agosto y septiembre. Para ello no hay que solicitar un nuevo cese de actividad para este trimestre, sino que la Administración realizará el trámite de oficio.

Este nuevo cese de actividad significa que, a pesar de que haber disfrutado del cese de actividad hasta el 30 de junio, los autónomos dispondrán de una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social a través de la cual conseguirán una deducción del 100% de las cuotas en el mes de julio; en agosto tendrán una reducción del 50%, mientras que en septiembre será de un 25%.

Ayudas para autónomos.
Ayudas para autónomos.

Así que, aquellos autónomos que prevean una situación complicada en el tercer trimestre del año, podrán pedir el cese de actividad para los meses de julio, agosto y septiembre. No obstante, el rendimiento neto de esos tres meses no debe superar los 5.818 euros y el volumen de ventas tendrá que ser un 75% inferior que el mismo periodo del año pasado. Están excluidos los que no hayan tenido un mínimo de 12 meses de alta cotizados y los que disfruten de la tarifa plana o los que estén en régimen de pluriactividad.

Sin trámites para las cuotas a la Seguridad Social

Todos los autónomos acogidos a la prestación extraordinaria y que no soliciten el nuevo cese de actividad tendrán acceso de forma automática a la exoneración, sin necesidad de tramitar ninguna solicitud a sus mutuas. No así los que quieran acogerse a la prestación por cese de actividad, que sí deberán volver a tramitar la solicitud de acceso a la prestación, explican desde la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).

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