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El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de Ley de Desindexación de la Economía, por el que la actualización de rentas, precios y otros conceptos de las Administraciones Públicas dejará de estar vinculada a la evolución del Indice de Precios de Consumo (IPC). Esta ley, que entrará en vigor previsiblemente en enero de 2014 y se aplicará en la administración central, autonómica y local, supondrá que cualquier revisión de precios regulados deberá estar justificada por la evolución de los costes y no por la inflación.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo, el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha aclarado que esta ley no se aplicará ni a las pensiones ni a los salarios del sector público o privado ni a los instrumentos financieros, sino solamente a precios, servicios y subsidios públicos. En concreto, ha dicho que afectará a los precios de los contratos públicos de obras y suministro y de fabricación, así como a los precios regulados como concesiones administrativas de autopistas, peajes eléctricos, la bombona de butano, el billete de autobús o metro, el agua, las cuotas de abono de telefonía, las tarifas de Renfe o la línea de servicio público de transporte marítimo.
Economía cifra en 36.000 millones de euros los gastos de bienes y servicios regulados que afectan a los hogares, de tal forma que si esa cantidad ya no se tiene que revalorizar conforme al IPC el ahorro podría llegar a 700 millones contando con una inflación del 2%. También supone un ahorro de costes para las administraciones, ya que por ejemplo el Ministerio de Fomento destina 600 millones a las actualizaciones de servicios de prestación de servicios públicos, ha dicho de Guindos.
El Gobierno quiere además promover la desindexación voluntaria por parte del sector privado, razón por la que ha creado un Índice de Garantía de la Competitividad, que será aplicable a los contratos entre privados que voluntariamente lo acuerden y en aquellos casos en que se haya pactado una cláusula de revisión sin especificar cuál. Este índice tendrá en cuenta la inflación de la zona euro corregida por una parte de la competitividad perdida y, en todo caso, no podrá ser negativo ni superior al 2%. En los contratos privados en los que falte un acuerdo explícito, se aplicará la no indexación de forma automática.
De Guindos ha explicado que, una vez entre en vigor, esta norma comenzará a aplicarse para todos los nuevos contratos que se firmen, en tanto que para los precios regulados se establecerá un periodo de seis meses para decidir si la norma será la congelación o el establecimiento de un índice que refleje la evolución de los costes. En el caso de los contratos de servicio público (por ejemplo, telecomunicaciones o transporte de viajeros) se establece la retroactividad de la norma, lo que implica que desde que entre en vigor la ley se comienza a aplicar a todos los acuerdos ya existentes, aunque se concederá un periodo de tiempo para que el prestador del servicio pueda, si quiere, cancelar el contrato.
La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, ha apuntado que esta norma supone la "retirada de los efectos perversos" de la vinculación al IPC y el fomento de una "cultura de estabilidad de precios que permita mejorar y ganar en competitividad". Según Economía, con esta ley se evitan los llamados "efectos de segunda ronda" en la economía, uno de los que "más tensiones inflacionistas ha generado en el pasado".
La inflación entre 1999 y 2013 ha sido 12 puntos superior a la media de la zona euro debido a la indexación, lo que genera una rigidez de precios que hace al país "menos resistente a los shocks externos que ocurren de forma periódica en el mundo" y deja en el empleo la única opción para ajustar la economía, ha dicho de Guindos.
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