Abengoa pierde la reclamación de 1.188 millones al Reino de España
Sevilla/El arbitraje de Abengoa contra el Reino de España por el recorte a las renovables ante la Cámara de Comercio de Estocolmo, en el que reclamaba 1.188 millones de euros no ha progresado ante esta instancia, que se ha declarado incompetente y que impone al demandante el pago de unas costas de algo más de 5 millones de euros.
Según informado ayer Abengoa a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el tribunal de arbitraje ha resuelto por unanimidad que carece de competencia para resolver el caso planteado por el demandante, CSP Equity Investment, filial de Abengoa en Luxemburgo.
El tribunal dice que no necesita, por tanto, resolver las otras objeciones jurisdiccionales planteadas por el demandado, en este caso el Reino de España.
Además, el laudo reparte las costas del arbitraje, de forma que el demandante, la filial de Abengoa, soportaría el 75 % de los costes razonables del demandado, que el tribunal fija en 6,77 millones de euros lo que se traduce en que el demandante deberá pagar al demandado 5,08 millones de euros.
Por su parte, el Reino de España soportaría el 25 % de los costes del arbitraje.
Abengoa señaló que está analizando el citado laudo, sus efectos, y las posibles acciones que puede emprender en relación con el mismo.
La demanda de arbitraje se presentó en 2013 por la reducción de las primas a las energías renovables aprobado un año antes, bajo el Gobierno de Mariano Rajoy.
En aquel entonces el sistema de retribución de las renovables se reemplazó por uno que ofrecía una rentabilidad mínima garantizada del 7,4 %, lo que cambió las previsiones de Abengoa y llevó a la compañía andaluza a pedir un arbitraje por el impacto de esta decisión en el retorno de seis instalaciones termosolares.
La demanda de arbitraje se interpuso por parte de su filial luxemburguesa y propietaria de varias plantas termosolares en España, CSP Equity Investments.
En el arbitraje, la filial de Abengoa reclamaba daños por importe de 907,8 millones de euros, cifra que asciende a 1.188,2 millones tomando en cuenta el efecto fiscal, según dijo Abengoa en sus cuentas.
El de CSP Equity, titular de varias plantas termosolares en España, era uno de los arbitrajes contra España que estaban abiertos por el recorte en la remuneración de las energías renovables.
El tribunal de arbitraje admite en su laudo, al que tuvo acceso este diario, que CSP Equity alegó como demandante que “sólo poseía el 33,10% de las instalaciones de energía renovable propiedad de Abengoa y que una reestructuración corporativa como ésa sería absurda si el único propósito de la misma fuera ganar la jurisdicción de la Cámara de Estocolmo para demandar a España.
El tribunal observa además que la reestructuración empresarial no es per se un abuso del proceso. Sin embargo, la legitimidad de la reestructuración empresarial depende de la prueba discutida anteriormente. Como se desprende del razonamiento del tribunal, no es necesario demostrar la mala fe.
La prueba anterior aplicada a los hechos de este caso, según la evaluación del tribunal, conduce a un resultado inevitable: CSP Equity se creó en un momento en que era bastante claro que una disputa seguiría al anuncio de cambios radicales en la regulación de las plantas termosolares.
El momento de la reestructuración)es en ese sentido crucial y por ello el tribunal concluye que en el momento de aplicarla la disputa era previsible para la sociedad demandante.
Ahí radica la complejidad del arbitraje, determinar si la jurisdicción luxemburguesa se obtuvo con un interés de negocio o sólo con un interés de litigio por los cambios regulatorios.
La pérdida de la opción de obtener indemnizaciones con este arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo tiene efectos inmediatos sobre la delicada situación económica que vive el grupo Abengoa, declarada en concurso y pendiente de que se apruebe una inyección de fondos de la SEPI de 249 millones y otros 300 millones en avales para su filial operativa, Abenewco 1.
Además, la consecución del arbitraje estaba ligada al acuerdo con los proveeodres comerciales de esta filial, que tienen prorrogado, ya que buena parte de las opciones de cobro estaban basadas en la obtención de las indemnizaciones que con este laudo y la declaración de incompetencia Abengoa ya no recibirá.
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