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Abengoa dilata la petición de la junta ordinaria de accionistas al no responder al Registro

El registrador mercantil opina que aunque la convoque “duda que se celebre finalmente”. aunque no precisa cómo se impediría su ejecución

Planta termosolar construida por Abengoa en Sanlúcar la Mayor. / EFE

Sevilla/Abengoa todavía no ha enviado al Registro Mercantil de Sevilla sus alegaciones a la petición de un accionista para que el registrador, conforme a lo previsto legalmente, convoque la junta general ordinaria correspondiente al ejercicio de 2019. Esta tardanza en la respuesta y que el Registro no ha resuelto pese al silencio de la empresa cotizada, están provocando que se demore la decisión.

El pasado 21 de mayo, un accionista de Abengoa residente en Sevilla solicitó al Registro Mercantil hispalense que convocase esa junta general ordinaria, dado que no se celebró en 2020 y que sigue sin ser convocada a día de hoy, en junio de 2021.

La petición se hizo en virtud de la Ley de Sociedades de Capital, que en su artículo 164, apartado primero, señala que “la junta general ordinaria, previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado”. Y en su apartado segundo agrega: “La junta general ordinaria será válida aunque haya sido convocada o se celebre fuera de plazo”.

La petición del accionista se basa en el artículo 169 de la Ley, que en su apartado primero prevé: “Si la junta general ordinaria o las juntas generales previstas en los estatutos, no fueran convocadas dentro del correspondiente plazo legal o estatutariamente establecido, podrá serlo, a solicitud de cualquier socio, previa audiencia de los administradores, por el Secretario judicial o Registrador mercantil del domicilio social”.

Jaun José Pretel Serrano, registrador mercantil de Sevilla. / D. S.

Un representante del accionista acudió ayer al Registro para interesarse en su nombre por la resolución de su petición. El propio registrador mercantil, Juan José Pretel Serrano, atendió al mismo y le explicó que la petición está en trámite desde el 24 de mayo.

El registrador también confirmó al accionista, a través del representante, que se ha dado traslado a Abengoa y también al administrador concursal, EY Abogados, por estar la mercantil cotizada en concurso. Además, señaló que la empresa no ha respondido, “y que está esperando a comprobar si responde, no contesta o ha rehusado”, antes de tomar una decisión de convocar o no la junta general ordinaria.

Pese a que han transcurrido 22 días naturales y doce hábiles desde la petición, Pretel afirmó que todavía esperará “algunos días más” antes de tomar una decisión, que no quiso anticipar pese a que la Ley es clara al respecto.

Pretel también opinó motu proprio ante el representante del accionista: “Pero aunque la convoque dudo que esa junta se celebre finalmente”. Aunque no detalló qué precepto legal puede impedirlo, pese a que se le requirió en nombre del socio que la pidió.

Es la segunda vez en pocos días que un estamento que forma parte del proceso para garantizar el cumplimiento de la legalidad pone en duda o directamente se opone a que se celebren las juntas de accionistas solicitadas.

Así, el pasado viernes 4 de junio, según fuentes asistentes, el administrador concursal trasladó a representantes de distintos comités de empresa del grupo que Terramar Capital ha condicionado su oferta a que no se celebren juntas de accionistas, y que si se celebra la que ha solicitado la sindicatura Abengoshares para destituir al consejo, estos inversores se retirarían. El administrador concursal se mostró contrario a que esto ocurra e informó a los sindicalistas que se opondrá solicitando al juez del concurso que cancele la junta general extraordinaria.

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