Fundadores y accionistas piden que Abengoa se persone en la querella contra Urquijo

Inversión Corporativa y 64 partícipes que representan más del 3% del capital presentan un complemento para que la junta general vote que la cotizada se adhiera a la causa penal

Felipe Benjumea, en una imagen de 2018.
Felipe Benjumea, en una imagen de 2018. / M. G.

Sevilla/Inversión Corporativa (IC), la sociedad con la que las familias fundadoras de Abengoa gobernaron la sociedad hasta 2017 –cuando la dilución del 95% redujo su participación del 50,548% al 2,536%– y 64 accionistas de la cotizada se han unido para cumplir los requisitos legales para presentar, como efectivamente han hecho, un complemento al orden del día de la próxima junta general ordinaria en el que piden que los accionistas puedan votar que la compañía se adhiera como querellante y perjudicada en las diligencias previas abiertas contra el consejo de administración que presidió Gonzalo Urquijo Fernández de Araoz e integraron Manuel Castro Aladro, José Luis del Valle Doblado, José Wahnon Levy, Ramón Sotomayor Jáuregui, Pilar Cavero Mestre y Josep Piqué Camps.

El trámite del presentación del complemento al orden del día de la junta general, fijada para el próximo día 15 de noviembre si se celebra en primera convocatoria o para el día siguiente, 16, si la víspera no comparece el 25% del capital social de la compañía, se formalizó el pasado lunes 18, cumpliendo así el requisito de que se hiciese dentro de los cinco días siguientes a la convocatoria de la asamblea de propietarios, que se produjo el pasado miércoles 13.

En presencia de un notario, los representantes legales de IC –que actualmente tiene un 1,2% del capital, tras adjudicarse casi la mitad sus acciones el Banco Santander– y de los demás accionistas entregaron a la compañía –fueron recibidos por Sergio Cerezo, de la asesoría jurídica de Abengoa– la acreditación de que representan el 3,141% del capital social de la multinacional, así como del 3,258% de las acciones emitidas con derecho a voto. Superar la representación del 3% del accionariado es también un requisito para que el complemento pueda ser aceptado.

El complemento plantea literalmente que al capital que se reúna en la junta ya convocada se le proponga someter a votación dar “una instrucción al consejo de administración” de Abengoa SA “para que adopte las medidas precisas para que la sociedad se persone como perjudicada en las Diligencias Previas número 1937/2020, que se tramitan por el Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, adhiriéndose tanto a la querella inicial formulada por Inversión Corporativa, IC, S.A. frente a los anteriores consejeros Gonzalo Urquijo Fernández de Araoz, Manuel Castro Aladro, José Luis del Valle Doblado, José Wahnon Levy, Ramón Sotomayor Jáuregui, Pilar Cavero Mestre y Josep Piqué Camps, como a la ampliación de la misma, que se produjo el 28 de julio de 2021 y que, entre otros extremos, solicita la imputación de Christian Anders Digemose.”

Si los accionistas deciden aprobar este texto, una vez que sea incorporado como punto adicional en el orden del día de la junta general, los promotores del complemento pretenden que con la personación de Abengoa S.A. como perjudicada en la querella que actualmente investiga la segunda restructuración de la sociedad, la aprobada en 2019, se pueda acceder a la documentación clave sobre la que se sustentó este rescate y que el consejo de administración presidido por Gonzalo Urquijo “siempre denegó”, pese a que IC solicitó “mediante burofax” esa “documentación en varias ocasiones hasta verse obligado a interponer la querella en junio de 2020”.

La personación de Abengoa en la querella permitiría que la sociedad pudiera ser beneficiaria de las decisiones que la justicia adoptase en su día en caso de prosperar la acción penal.

Efectivamente, la querella se presentó por la empresa que preside Felipe Benjumea Llorente –ex presidente de Abengoa– primero ante la Audiencia Nacional en esa fecha, incluso antes de que el 6 de agosto de ese año, el consejo desvelase un nuevo plan de rescate –hoy fracasado– que incluía la ruptura societaria del grupo, que separaría a la matriz de la filial operativa a la que se habían traladado todos los negocios, activos y empleos, Abenewco 1.

La querella recayó en el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, cuyo titular, el juez José Luis Calama Teixeira, se declaró incompetente, aunque no sin señalar que apreciaba indicios de delito en los hechos denunciados por la acción penal, tal y como avanzó este periódico.

Esa decisión motivó la presentación a final de 2020 ante los juzgados de Sevilla, tal como sugirió el juez Calama Teixeira. El juzgado número 8 instruye desde entonces en Sevilla las diligencias previas a la que el complemento pretende que Abengoa SA se adhiera como querellante si lo aprueba el capital social de la cotiada.

Un numeroso grupo de accionistas, que supera el centenar, también se adhirió posteriormente a la querella. Y otro grupo de accionistas puso en conocimiento de la Fiscalía los mismos hechos, muchos de ellos desvelados en el último año por informaciones de este periódico. La Fiscalía abrió unas diligencias de información que cerró al instar su unión a la querella por apreciar que “tales hechos serían indiciariamente constitutivos, a priori, de un delito de administración desleal, un delito contra el mercado, un delito societario, y un eventual delito de estafa”. Además, el fiscal instó que la causa se siguiera también contra el entonces presidente de Abengoa, Juan Pablo López-Bravo Velasco.

Posteriormente, el pasado 21 de julio, según confirma el propio complemento, IC ha solicitado ampliación de querella a la primera reestructuración de Abengoa, “al haber tenido el accionista acceso a documentación y conocimiento de hechos que podrían indicar que, desde que Abengoa tuvo que entrar en reestructuración en noviembre de 2015, el proceso de reflotamiento de la sociedad podría haber estado encaminado desde el origen hacia concursar la sociedad, situación en la que se encuentra actualmente, en vez de a reflotar la compañía”.

Una petición justificada en el interés social de la cotizada

Para que el complemento del orden del día sea incorporado, la normativa exige que los proponentes justifiquen su inlusión. IC y los accionistas recuerdan para cumplir con ese requisito que las Diligencias Previas han sido incoadas por razón de la querella presentada por la sociedad de las familias fundadoras de Abengoa y fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla en un auto de fecha 16 de octubre de 2020.

Igualmente recuerdan que el citado procedimiento tiene por objeto investigar las actuaciones de los anteriores consejeros a efectos de determinar si antepusieron los intereses de los bancos acreedores de Abengoa al de los accionistas y al interés social, vaciando patrimonialmente la cotizada en la segunda reestructuración de la sociedad, que comenzó en septiembre de 2018, aunque no concluyó hasta meses después, ya avanzado el año 2019.

“Con posterioridad a la interposición de la referida querella” argumentan los proponentes, “IC tuvo conocimiento de que los hechos denunciados en la misma, indiciariamente delictivos, y ejecutados por los investigados con ocasión de la segunda reestructuración, podrían responder a un plan preconcebido que habría dado comienzo ya en el año 2016 con la planificación y ejecución de la primera reestructuración de Abengoa S.A., por lo que solicitó al Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla la ampliación de la querella mediante escrito de fecha 28 de julio del 2021, en el que, entre otros extremos, se insta la imputación de Christian Anders Digemose”.

Por todo ello, “y dado el indudable impacto que el referido procedimiento podría tener en el devenir de la sociedad, los socios solicitantes del complemento estiman que es imprescindible que los accionistas de” la compañía “se pronuncien sobre la adhesión de Abengoa a la querella inicial y a su posterior ampliación”, afirman como justificación.

Además, IC añade que la personación y adhesión de Abengoa “se impone en defensa del interés social”.

Junto con la solicitud del complemento, los peticionarios adjuntaron los escritos de querella y posterior solicitud de ampliación de la misma, presentados por Inversión Corporativa.

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