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La FIFA confirma su inhabilitación de tres años a Rubiales para cualquier actividad relacionada con el fútbol

Fútbol

El organismo admite que estuvo tentado de imponer una sanción aún mayor al ex presidente de la Federación Española

La FIFA suspende durante tres años a Luis Rubiales

El TAD inhabilita tres años a Luis Rubiales

Luis Rubiales, tras declarar ante el juez el pasado 15 de septiembre. / Efe
Redacción Deportes

06 de diciembre 2023 - 18:08

MADRID/La Federación Internacional de Fútbol (FIFA) confirmó este miércoles su inhabilitación impuesta por un periodo de tres años a Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), para ejercer cualquier actividad futbolística, a raíz de su comportamiento durante la final del pasado Mundial femenino. "Se le prohíbe participar en cualquier actividad relacionada con el fútbol por un período de tres años por haberse comportado de manera contraria a los principios consagrados en el artículo 13 del Código Disciplinario", informó la propia FIFA mediante un comunicado de prensa.

El colombiano Jorge Iván Palacio, el ghanés Anin Yeboah y el austriaco Thomas Hollerer fueron los miembros del Comité Disciplinario de la FIFA que confirmaron esta decisión para sancionar a Rubiales, ya adoptada el pasado 30 de octubre y que había sido recurrida en los juzgados por el propio expresidente de la RFEF.

La FIFA actuó así tras los hechos ocurridos durante esa final del Mundial disputada el pasado 20 de agosto en Sídney (Australia), donde Rubiales hizo gestos obscenos en la grada y luego besó en los labios a la futbolista Jenni Hermoso, presumiblemente sin el consentimiento de ella.

El exmandatario de la RFEF ya fue suspendido por la FIFA el pasado 26 de agosto con carácter provisional, durante un periodo inicial de 90 días, y más adelante se dio a conocer la inhabilitación por tres años; todo ello, en virtud de lo estipulado en ese artículo 13 del Código Disciplinario del máximo organismo futbolístico internacional.

De todos modos, esta nueva decisión de la FIFA puede ser impugnada ante su Comisión de Apelación. "Cualquier parte que desee apelar debe anunciar su intención de hacerlo por escrito a través del Portal Legal de la FIFA dentro de los tres días siguientes a la notificación de los motivos de la decisión", precisó el comunicado de prensa finalmente.

Una sanción mayor

La Comisión Disciplinaria de la FIFA hizo público este miércoles el informe en el que explica los motivos para suspender a Luis Rubiales y subraya que "estuvo tentada de imponer sanciones más severas". Dicha comisión resolvió así a finales de octubre el expediente disciplinario abierto contra Rubiales el 24 de agosto.

En un primer momento Rubiales fue suspendido provisionalmente por un periodo de 90 días y el 30 de octubre pasado recibió la notificación de la decisión de la Comisión Disciplinaria de sancionarle por tres años. Al referirse al beso no consentido a Jennifer Hermoso tras la final del Mundial, la FIFA señala que "el denunciado no presentó disculpa alguna a la jugadora, ni públicamente ni, al menos, en privado"; y que "persistió en su negación (públicamente y en el contexto del presente procedimiento), manteniendo (en contra de la declaración inequívoca de la jugadora) que el beso fue consentido".

Agrega que Rubiales "insultó públicamente a todos aquellos que vieron este incidente de forma diferente", dijo que fue "un beso entre dos amigos celebrando algo", y los llamó "idiotas y estúpidos". Subraya, además, que "el denunciado hizo uso de su cargo como presidente de la RFEF de forma agresiva y totalmente inapropiada para publicar -en nombre de la RFEF- declaraciones utilizando citas de la jugadora que no fueron escritas ni autorizadas por ella, y emitió un comunicado oficial (que posteriormente fue borrado) amenazando a la jugadora (entre otros) con acciones legales".

Además, la Comisión señala que Rubiales utilizó la asamblea general de la RFEF "como foro para defenderse y distorsionar a su favor la realidad del beso". "El demandado y/o su entorno presionaron y/o coaccionaron (emocionalmente) a la jugadora en numerosas ocasiones para que hablara y se posicionara a su favor".

Además "ha sido objeto de un procedimiento penal en España como consecuencia del beso". Del mismo modo, la Comisión subraya que "tampoco podía ignorar el impacto de las acciones de los demandados en la salud mental de la jugadora y en su carrera, habiendo subrayado esta última que todavía se siente 'realmente humillada por todo lo que ha sucedido y por la exposición mediática y el escrutinio público al que ella y su familia han sido sometidos'".

La Comisión recuerda que Hermoso "ha estado en contacto con los psicólogos del Club Pachuca, así como con un psicólogo de su confianza". A continuación, la Comisión subraya que, "dado que los incidentes se produjeron en el contexto del partido final de la competición femenina más prestigiosa, la conducta anteriormente descrita del demandado ha encontrado lamentablemente un importante eco mediático internacional".

"En efecto, en lugar de centrarse en el éxito internacional del Mundial o en el primer título de la selección española en dicha competición, el foco de atención estuvo en las acciones del demandado", incide. Todo ello, agrega, motivó "una serie de incidentes que muestran un comportamiento claramente incompatible con todos y cada uno de los valores que defiende la FIFA y que debe englobar el fútbol. Con dicho comportamiento, el demandado lamentablemente arruinó la experiencia del Mundial a muchos, empezando por la jugadora y sus compañeras de equipo que acababan de convertirse en campeonas del mundo".

"Por lo tanto, la Comisión está firmemente convencida de que el demandado, con su comportamiento, desprestigió el deporte del fútbol y/o a la FIFA a nivel mundial. Como tal, las sanciones que se le impongan reflejan todas las circunstancias (agravantes) antes mencionadas", afirma.

"Teniendo en cuenta lo anterior y tras considerar detenidamente la totalidad de las pruebas a su disposición, la Comisión determinó que la prohibición de participar en cualquier actividad relacionada con el fútbol era la medida más apropiada y proporcionada con la que sancionar al demandado en vista de las infracciones cometidas", explica.

En particular, "teniendo en cuenta el innegable impacto mediático de la conducta del demandado y sus repercusiones en la reputación del fútbol y de la FIFA, pero también, y lo que es más importante, en la reputación de la jugadora".

Por el estado mental de la jugadora, la Comisión considera que "una sanción de tres años estaba justificada en las presentes circunstancias". La Comisión revela, asimismo, que "estuvo tentada de imponer sanciones más severas en vista de la seriedad y gravedad de los incidentes en cuestión, así como del profundo impacto negativo que las acciones tuvieron en la imagen de la FIFA, del fútbol femenino y del deporte femenino en general".

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