Así puedes pedir la indemnización por retraso en los trenes
CONSUMO
El paso de la DANA este fin de semana por la Península ha dejado serias consecuencias en numerosos lugares de España. Hasta cinco fallecidos, sorprendidos por la riada y atrapados en diferentes situaciones, y un caos en el transporte, tanto en coches como en trenes, ya que buena parte de la red ferroviaria española se vio afectada por el temporal.
Los trenes que cubren la línea AVE Madrid-Andalucía y el tramo que conecta la capital con Toledo fueron suspendidos el domingo y sus trayectos habituales acumularon varias horas de retraso este lunes. Muchos de los usuarios se quedaron tirados en las estaciones de Córdoba, Santa Justa (Sevilla) o María Zambrano (Málaga), esperando la reprogramación de sus viajes para desplazarse hacia Madrid, y otros se quedaron sin poder volver a sus hogares desde la estación de Atocha (Madrid).
Las quejas han sido la tónica habitual ante el caos por el retraso de los trenes, exigiendo mayor información y compromiso por parte de la compañía ferroviaria, pero en la mayoría de los casos el enfado inicial se iba transformando en resignación. Los trenes entre Andalucía y Madrid retrasan su circulación este martes para acelerar la reparación de vías y sobre la mesa está la duda de los derechos que amparan a estos usuarios.
La Organización de Consumidores y Usuarios ya ha aclarado que, "por regla general, los retrasos que se deben a causas extraordinarias no se indemnizan. Es decir, que si el retraso obedece a un acontecimiento imprevisible (como un accidente que colapsa una carretera) o a un acontecimiento que se puede prever pero no evitar (como una gran nevada anunciada por los meteorólogos, o la DANA que nos ha condicionado la vida en este fin de semana), el viajero tendrá que aguantarse sin indemnización, aunque puede que tenga derecho a otras cosas, como la comida para aguantar la espera)". ¿Y si en otra ocasión sufrimos un retraso sin que medien causas extraordinarias? Entonces sí. Así puedes pedir la indemnización por retraso en Renfe.
Explica la OCU que los retrasos en los trenes se compensan cuando la demora en la llegada al destino sobrepasa ciertos límites. Según el Reglamento Europeo las compensaciones mínimas son del 25% del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos, y del 50% en caso de retraso superior a 120 minutos. Además, en cualquier caso, se establece que, si el retraso supera la hora, se debe proporcionar a los viajeros alimentos y bebidas gratuitamente, de acuerdo al tiempo de espera, siempre que puedan suministrarse razonablemente. Sin embargo, el derecho interno español reconoce a los viajeros indemnizaciones superiores a las previstas en el Reglamento.
Compensación por retraso en trenes Renfe
En el caso que nos ocupa en esta ocasión, que es si nos vemos envueltos en una incidencia con tren de Renfe, la compensación variaría en función del tiempo de retraso, y el tren/trayecto que vayamos a realizar. Así, en un tren AVE o Avant, si el retraso es de más de 15 minutos, te corresponde el 50% de bonificación sobre el precio del billete y si el retraso se prolonga más allá de la media hora, te deben dar el 100% del precio del billete.
En un tren Alvia o Euromed, por su parte, si el retraso es de más de 30 minutos, te deben dar el 50% del precio del billete y si supera la hora de retraso te deben dar el 100% del precio del billete; En el caso de tener billete para un tren Intercity (larga distancia) o Avlo, una hora de retraso te otorga el 50% del precio del billete y si el tiempo de espera se extiende más allá de los 90 minutos, la bonificación será del 100%.
Si nos centramos en el tipo de trayecto, en un tren Regional o Regional Express las pautas que establece el derecho interno español es que "si el retraso es de más de 30 minutos, te deben dar el 25% del precio del billete. Si el retraso es de más de 45 minutos, te corresponde el 50% del precio del billete. Si el retraso es de más de 60 minutos o más, te deben dar el 100% del precio del billete", especifican claramente los técnicos de la OCU
Si nos sucediera en un tren de Media Distancia, como ha sido el caso en este fin de semana con la Dana, en el momento en el que el retraso es de más de 15 minutos, te deben dar el 25% del precio del billete; si supera los 30 minutos, se puede reclamar el 50% del precio del billete; si se va por encima de los 45 minutos, la indemnización es del 75% del precio del billete; y si la demora se extiende más allá de la hora te deben dar el 100% del precio del billete.
Por último, si los retrasos se producen en un AVE Internacional entre España y Francia, pero tu recorrido es por el interior de España, el retraso de más de 15 minutos te permite solicitar el 50% del importe del billete y si es superior a 30 minutos el 100% del mismo; mientras que si el recorrido previsto traspasa la frontera con Francia y el retraso es superior a 30 minutos, te deben devolver el 25%; si es superior a dos horas, el 50%; y si es de más de tres horas, el 75%.
Devoluciones, cambios o anulación de billetes
En el caso de todos los afectados por la DANA, al ser un hecho extraordinario no se contemplan estas indemnizaciones, pero Renfe si ha puesto a disposición de los usuarios la posibilidad de realizar devoluciones, cambios y anulación billetes de forma gratuita. Para llevarlas a cabo pueden dirigirse al número de teléfono 912 320 320, o iniciar la gestión a través de la página web de Renfe y sus redes sociales.
Para anular el billete el usuario deberá introducir el trayecto en el que tenía previsto viajar, así como diferentes datos personales, la fecha de viaje, el método de pago utilizado para pagar y dónde se realizó la compra del billete. Si lo que se quiere realizar es un cambio de billete, en el apartado de ‘Cambios de billete’, se debe introducir el localizador y el número de billete. Habitualmente Renfe sólo permite realizar estos cambios sin coste si se hacen con varios meses de antelación y en ningún caso con menos de 31 días de antelación a la fecha de salida del viaje.
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