Ayudas en Andalucía para instalar la aerotermia en tu vivienda
Esta subvención es de 500 euros por kilovatio, siendo 3.000 la cantidad máxima que puede recibirse
Aerotermia, la energía renovable de moda de este invierno
Ayudas para la accesibilidad en la vivienda: quién puede beneficiarse y cómo solicitarlas
El sistema de aerotermia cada vez está ganando más adeptos en nuestro país, y es que presenta varias ventajas, como por ejemplo el gasto que hay que hacer anualmente cuando se tiene instalado este tipo de calefacción, menor que en otros casos como en el de gas natural o gasoil. Además, este sistema es de los más respetuosos con el medioambiente, lo que hace que en esta sociedad, cada vez más concienciada con el cambio climático, sean cada vez más los hogares que instalan este tipo de calefacción para hacer frente al invierno.
Aunque, posiblemente, ese sea su mayor punto negativo: la instalación. Pues este sistema requiere una inversión inicial mayor que los anteriores mencionados. Como indican desde la web de la empresa Enerpop, el desembolso inicial oscilaría entre los 5.000 y los 15.000 euros, más unos 2.000 adicionales si se requiere el sistema ACS. Aunque para ella podría 'ayudarnos' la Junta de Andalucía, pues dentro del programa de "Incentivos para energías renovables en autoconsumo, almacenamiento y para térmicas en sector residencial", encontramos uno en el que se incluye a la aerotérmica.
Concretamente, es el punto 6, que se refiere a la "realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria", en el que se abarca este sistema de calefacción. La ayuda sería de 500 euros por kilovatio, siendo 3.000 la cantidad máxima que puede recibirse.
¿Cuándo finaliza el plazo de solicitud de esta ayuda?
Estas ayudas están disponibles desde el 02/12/2021 y el plazo para solicitarlas finaliza el 31 de diciembre de este año. Si se quiere presentar y tramitar la solicitud de manera online se puede pinchar en el siguiente enlace, que redirige al portal que la Junta tiene habilitado para tal efecto.
Algunos anexos que deben adjuntarse, como indica la Junta, son el "certificado de situación censal o equivalente expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria", para acreditar el domicilio fiscal en España, o "las actividades económica incluidas dentro de su objeto social", en el caso de personas que "ejerzan actividad económica". "En el caso de personas empresarias autónomas, deberán acreditar, además, el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores".
Tras presentar la solicitud, con la documentación requerida, en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, el personal de la Junta técnico de la Junta "comenzará el análisis de la solicitud para verificar que cumple con los requisitos establecidos en las bases reguladoras del programa", como apuntan en la Agencia Andaluza de la Energía, quien "notificará la resolución de concesión, en la que se indicará, entre otros extremos, el importe del incentivo concedido y los plazos máximos de ejecución y justificación", "si todo es correcto". Si hubiera fallos, se notificaría un "oficio de subsanación de la solicitud", indicando estas deficiencias y cómo corregirlas.
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