Las últimas detenciones que ordenó Alaya fueron legales
La Audiencia dictamina que la juez que investiga los ERE no vulneró el plazo de 72 horas que denunciaron las defensas
La Audiencia de Sevilla ha dictaminado que no fueron nulas, ni superaron las 72 horas de duración máxima, las últimas detenciones practicadas a finales de marzo por la Guardia Civil dentro de la nueva fase de investigación sobre los ERE fraudulentos. La Sección Séptima de la Audiencia ha rechazado la libertad o bajar la fianza a Eduardo Leal del Real, un presunto testaferro de empresas pantalla que se encuentra entre las siete personas encarceladas a finales de marzo por las presuntas sobrecomisiones que cobraban las empresas mediadoras en los ERE.
Ésta es la primera vez que la Audiencia se ha pronunciado sobre dichas detenciones, que según los defensores fueron nulas al haber superado las 72 horas de retención máxima desde que los imputados fueron arrestados por la Guardia Civil hasta que la juez Mercedes Alaya, que instruye la causa, decretó su ingreso en prisión.
Por el contrario, la Audiencia entiende que la juez había ordenado las entradas y registros pero no coordinó ni ordenó las detenciones, decisión que quedó al arbitrio de la Guardia Civil que llevó a cabo dicho operativo. Por lo tanto, el plazo para decretar prisión comenzó a contar cuando los detenidos fueron puestos a disposición judicial y no se superaron las 72 horas legales, dice la Audiencia.
Por otra parte, los jueces rechazan poner en libertad a Leal del Real porque su prisión es una medida "proporcional en el momento procesal" en que se encuentra la causa de los ERE y también rechazan bajar su fianza de 50.000 euros, que su entorno considera desproporcionada y ha sido incapaz de reunir hasta el momento.
Según las defensas de los siete encarcelados entre el 20 y 23 de marzo, al haberse excedido las 72 horas de detención máxima se debe decretar la nulidad de los autos de prisión y la "inexorable puesta en libertad" de los acusados. Sólo uno de los detenidos, Ismael Sierra, cuñado del "conseguidor" Juan Lanzas, quedó libre el día siguiente de su encarcelamiento al reunir los 50.000 euros que le exigió la juez Mercedes Alaya.
En el caso de Leal del Real, la Guardia Civil cree que sus empresas Atrado Mensajería y Estudios Agenciales S.L. se utilizaban para "introducir en el circuito financiero, dotando de apariencia de legalidad, el dinero procedente de las sobrecomisiones aplicadas a las pólizas suscritas con financiación de la Junta de Andalucía".
Según los últimos autos de prisión dictados por Alaya, entre 2003 y 2007 se realizaron a las empresas de Leal, con destino al mediador Juan Lanzas, transferencias por importe de 1.964.763 euros y la Agencia Tributaria ha informado de que "sólo la empresa Atrado Mensajería refiere transferencias del Holding Vitalia superiores a dos millones y medio de euros".
Por otra parte, José González Mata, dueño de la mediadora Uniter, ha recurrido la decisión de la juez de bloquear todas sus cuentas bancarias, ya que entiende que con ello "se va a procurar" su "absoluta indigencia" y la "desaparición" de Uniter y otras compañías mercantiles administradas por el imputado.
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