Un juzgado cuestiona el modelo de fusión de los hospitales en Huelva
Una sentencia afirma que se hizo sin normativa y por un órgano incompetente
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 ha declarado "no ser conforme a Derecho, la actuación material constitutiva de vía de hecho del SAS, en relación con la fusión de los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena realizada antes de la Resolución del 21 de noviembre de 2014, por la que se creó el Complejo Hospitalario Universitario de Huelva al venir siendo realizada por personal incompetente y en ausencia de la normativa oportuna, anulando en consecuencia todos los actos derivados de tal actuación".
La sentencia tiene fecha de 18 de diciembre de 2015 y hace referencia al juicio que se celebró en julio de ese mismo año, a raíz de la denuncia interpuesta por los sindicatos de Enfermería Satse, Médico y de Técnicos y Auxiliares SAE.
Los tres sindicatos interpusieron recurso contra la actuación por vía de hecho del SAS, "consistente en actuación de órgano incompetente, el director-gerente de los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena, para llevar a cabo la fusión de los servicios, especialidades y personal de las dos reseñadas áreas hospitalarias como si de un Complejo Hospitalario se tratase.
Para Satse, la sentencia deja "sin efecto el proceso de fusión al anular todas las actuaciones realizadas por el director gerente, Rafael García-Vargas Machuca".
Satse recalcó que la sentencia respalda las denuncias sobre la ilegalidad del proceso impuesto en los hospitales de Huelva por la vía de los hechos por un órgano incompetente, el director gerente de los hospitales.
El Sindicato de Enfermería subrayó que la sentencia rechaza los argumentos de la Administración Sanitaria que enmarcaban las actuaciones "en una mera redefinición del modelo organizativo y funcional de las unidades asistenciales y administrativas de ambos hospitales, en el ámbito de su potestad de autoorganización de los servicios sanitarios".
No obstante, la Delegación de Salud en Huelva emitió un comunicado en el que considera que "es rotundamente falso que la sentencia haya dejado sin efecto la unificación de los centros hospitalarios" ya que el proceso fue avalado por una orden posterior, de 21 de noviembre de 2014.
La Junta destacó que la sentencia judicial está referida única y exclusivamente a las actuaciones realizadas previas a esta orden y, por lo tanto, "todas las actuaciones efectuadas en relación al proceso de unificación, así como las próximas previstas, siguen teniendo absoluta validez contando con el respaldo legal de la mencionada orden".
Para la Junta, la sentencia no va a tener, en la práctica, ninguna repercusión en la organización asistencial en relación a los pacientes ni a los profesionales, mucho más teniendo en cuenta que las modificaciones realizadas en los servicios sanitarios a los que hace referencia, se produjeron de forma posterior a la orden o bien todavía no han tenido lugar, mtivo por el cual el Servicio Andaluz de Salud (SAS) está valorando si recurrirá la sentencia". Ciudadanos reclamó ayer la comparecencia del consejero de Salud, Aquilino Alonso.
No hay comentarios