Tribuna Económica
José Ignacio Castillo Manzano
Las Tres Gracias del presupuesto andaluz y Séneca
Caso de los ere
Sevilla/Los cinco imputados por los ERE que han comparecido este martes ante la juez Mercedes Alaya se han acogido a su derecho constitucional a no declarar, por lo que la instructora ha cerrado esta jornada de comparecencias en tan sólo una hora, según han confirmado fuentes del caso.
El ex director general de IDEA Jacinto Cañete; el ex viceconsejero de Innovación Jesús Rodríguez Román; el director general de Desarrollo, Tecnológico Manuel López Casero, el director de Industria Jesús Nieto; y el viceconsejero de Agricultura y Pesca Juan Paniagua, son los imputados que han comparecido este martes ante la juez, tras la imputación de los vocales del consejo rector de la agencia que actuaba como pagadora de las subvenciones. Ninguno de los imputados citados en este nuevo calendario ha accedido a prestar testimonio ante la instructora, que el lunes volvió a insistir en que la causa está en su "recta final".
Cañete se ha acogido a su derecho a no declarar y la Fiscalía Anticorrupción ha dado por reproducida la fianza civil que exigió en su primera comparecencia, en diciembre pasado, cuando reclamó una garantía de ocho millones de euros para cubrir su posible responsabilidad pecuniaria. En el caso de los otros cuatro imputados, el Ministerio Público no ha reclamado ninguna medida cautelar después de que se hayan negado a declarar.La acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía tampoco ha reclamado ninguna fianza y el Partido Popular se ha mostrado de acuerdo con la decisión que adopte la juez Alaya.
Las comparecencias se han resuelto en una hora y a las mismas han acudido media docena de abogados, una cifra inferior a la que suelen acudir habitualmente a otras declaraciones que han generado mayores expectativas.
La cantidad de ocho millones solicitada en su día a Cañete por la Fiscalía fue extraída por el Ministerio Público del informe pericial de la Intervención General del Estado en relación con los importes transferidos a Idea entre 2008 y 2009, por el crédito inicial y por tres modificaciones presupuestarias que ascienden a 15 millones. Aunque Cañete no declaró en diciembre, su defensa alegó ante la juez Mercedes Alaya que la Intervención General de la Junta de Andalucía, la Cámara de Cuentas y el Parlamento andaluz "santificaron" el procedimiento para el pago de las ayudas de los ERE a través de la partida 31L, conocida como el fondo de reptiles, y las transferencias de financiación.
En el escrito presentado por su abogado defensor, Juan Carlos Alférez, el ex alto cargo negó cualquier conocimiento de las irregularidades y su participación en hechos delictivos. Cañete, que fue director de Idea entre mayo de 2008 y diciembre de 2009, sostiene que el procedimiento de concesión de las subvenciones era "santificado" por la Intervención General de la Junta en la rendición de la cuenta general y por la Cámara de Cuentas en el informe favorable de liquidación del programa y por el propio Parlamento andaluz "por segunda vez al aprobar la cuenta general".
La defensa explicaba que la Cámara de Cuentas es un "órgano tremendamente especializado, con altísimo nivel técnico y con ingentes medios analíticos", al tiempo que sus funcionarios son "enormemente escrupulosos y detallistas, capaces de atisbar el más mínimo incumplimiento normativo". Con esta argumentación, el letrado pone como ejemplo que si la Cámara de Cuentas "puede detectar una irregularidad en un ticket de dos euros" ese nivel de detalle "no se corresponde con dejar pasar año tras año, rendición de cuenta tras rendición de cuenta, informe tras informe, nada menos que presuntas irregularidades de decenas y centenas de millones de euros –según las tesis acusatorias–".
Para el ex responsable de la agencia, la Cámara de Cuentas tenía un "cabal conocimiento" sobre el funcionamiento del programa 31L porque en la información que cada año le remitía la Intervención General aparecían "con total claridad y precisión todos los elementos que ahora per se la instrucción juzga como delictivos", y así señala que entre la documentación que se le enviaba figuraba los objetivos del programa, que era definido como "transferencias a Idea en aplicación del concierto de ayudas a empresas en crisis para el mantenimiento tanto del empleo como del tejido productivo andaluz".
La Cámara de Cuentas, prosigue el escrito de la defensa de Cañete, llevaba la cuenta general al Parlamento para su aprobación "sin tacha, reproche, comentario ni observación de ilegalidad" y el Parlamento en la aprobación de la liquidación del programa 31L, “bendecía, asentía y confirmaba las trazas esenciales” de este programa presupuestario: conceder ayudas a Empleo, transferir fondos a Idea y encargar a ésta la materialización de los pagos. Jacinto Cañete argumenta, de otro lado, que "ni ideó, ni creó, ni participó en la génesis de dicho programa presupuestario, limitándose como directo general a continuar cumpliendo –al igual que sus cuatro antecesores y al igual que su sucesor-, con las obligaciones que las leyes de presupuestos preveían para la agencia IDEA" que no eran otras que "ser caja pagadora de la Consejería de Empleo en la concesión de ayudas sociolaborales y directas a empresas".
En su actuación durante los 18 meses que estuvo en el cargo, Jacinto Cañete asegura que "ningún técnico de la agencia, ningún asesor jurídico de la agencia, nadie absolutamente de la organización" le advirtió de que la materialización de los pagos del programa presupuestario 31L "pudiera ser una actividad contraria a derecho, ilegal y, menos aún, delictiva". Cañete añadió que todos y cada uno de los convenios firmados pasaban el control de los servicios técnicos previos a la firma del director general, comprobando además la existencia de crédito y verificando la cuenta corriente reflejada en la orden de pago.
La actividad de pago de las ayudas de la partida 31L era en esa época, según el documento de Cañete, algo "residual, cuasi automatizada", que alcanzaba a lo sumo el 8% del presupuesto de Idea y eran "meras ejecuciones burocráticas, que no requerían más actividad intelectiva que el cercioramiento de la existencia de crédito presupuestario y que la cuantía ordenada se pagara en la cuenta corriente que Empleo designara".
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