La juez autoriza un permiso extraordinario a Isabel Pantoja para que permanezca hospitalizada siete días y sin custodia policial
En caso de recibir el alta médica antes del día 11, deberá ingresar de inmediato en la cárcel de Alcalá, y si necesita continuar hospitalizada requerirá un nuevo permiso
La juez de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Sevilla ha autorizado el permiso extraordinario propuesto por el Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaíra a la cantante Isabel Pantoja, por ingreso hospitalario, con una duración de siete días a contar desde ayer y que se desarrollará en régimen de autogobierno, es decir, sin la necesidad de que una custodia policial, según han informado fuentes judiciales.
Tras conocer la valoración médica elaborada por el forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, la propuesta de la junta de tratamiento (a favor de prolongar el permiso por unanimidad de sus miembros) y el informe favorable del Fiscal, la juez adopta esta medida de alargar el permiso concedido a Isabel Pantoja, aplicando el artículo 155.5 del reglamento penitenciario.
Los informes médico-forenses, solicitados por la juez, aconsejan que esta interna permanezca ingresada por una patología renal. Lo mismo indican los resultados médicos del Hospital al que acudió Isabel Pantoja durante su permiso penitenciario para hacerse pruebas médicas.
Según indica el auto de la juez, la interna permanecerá en el centro hospitalario sin estar custodiada por las Fuerzas de Seguridad del Estado, porque así también lo indica el mismo precepto, cuando se trata de penados de segundo grado a los que ya anteriormente se ha concedido permisos ordinarios, que han transcurrido sin incidentes.
La juez mantiene en su resolución que si la interna recibe el alta médica antes del día 11 de agosto "debe reingresar de inmediato" en el centro penitenciario de Alcalá de Guadaíra. De igual forma, si fuese necesario prolongar su estancia hospitalaria, la junta de tratamiento del centro debe hacer una nueva propuesta al Juzgado para que se le concesa otro permiso extraordinario de salida. Contra esta resolución de la juez de Vigilancia Penitenciaria puede interponerse recurso ante el mismo juzgado.
La posibilidad de conceder el permiso extraordinario aparece contemplada en el artículo 155.4 del reglamento penitenciario, que permite autorizar "con las medidas de seguridad adecuadas en su caso y previo informe médico, permisos extraordinarios de salida de hasta doce horas de duración para consulta ambulatoria extrapenitenciararia de los penados clasificados en segundo grado o tercer grado, así como permisos extraordinarios de hasta dos días de duración cuando los mismos deban ingresar en un hospital extrapenitenciario".
El reglamento penitenciario señala asimismo que si el interno tuviera que permanecer ingresado más de dos días, "la prolongación del permiso por el tiempo necesario deberá ser autorizada por el juez de Vigilancia cuando se trate de penados clasificados en segundo grado", como es el caso de Isabel Pantoja, que cumple su condena en este régimen desde el 21 de noviembre de 2014.
La cantante Isabel Pantoja ingresó en la noche del pasado martes en el hospital Infanta Luisa de Sevilla por problemas de azúcar, con altos niveles de triglicéridos y de colesterol, y también de riñones. Su hospitalización, que tuvo lugar sobre las once y media de la noche del martes, impidió que la tonadillera regresara ayer a la prisión de mujeres de Alcalá de Guadaíra, donde cumple su condena de dos años de cárcel por un delito de blanqueo de capitales.
Isabel Pantoja, de 59 años, se hallaba disfrutando de su segundo permiso penitenciario, con una duración de seis días, lo que le había permitido celebrar su cumpleaños, el pasado domingo, con sus familiares.
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