El amparo de Martínez Aguayo lleva a la anulación de la condena a Griñán

El ex presidente de la Junta fue condenado por malversación por su labor como consejero de Hacienda

El Constitucional concede el amparo a Aguayo y anula el delito de malversación

El ex presidente de la Junta, José Antonio Griñán. / Raúl Caro / Efe

El amparo que el Tribunal Constitucional concederá a la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo lleva al del ex presidente José Antonio Griñán, ya que fue condenado por malversación en los mismos términos por su labor al frente de Hacienda. La ponencia del recurso de amparo de Martínez Aguayo, adelantada este lunes por El Español y confirmada en el Constitucional, sostiene que la ex consejera no incurrió en malversación porque eso correspondería a aquellos dirigentes que concedieron las ayudas a los afectados por ERE. Previamente, el Constitucional había aprobado en una sentencia sobre Magdalena Álvarez que la elaboración del proyecto de Presupuesto de la Junta por parte del Gobierno no puede considerarse un delito de prevaricación, porque la ley en sí corresponde al Parlamento, no al Ejecutivo, y después de recibir su visto bueno en la Cámara, adquiere su carácter legal.

El ex presidente José Antonio Griñán fue condenado a seis años de prisión y nueve de inhabilitación por el caso ERE. A diferencia de Martínez Aguayo, no entró en prisión porque se encuentra en tratamiento contra un cáncer.

Fuentes del Constitucional han confirmado la ponencia de Martínez Aguayo, que se verá la semana próxima, así como la similitud con el caso del ex presidente de la Junta. El caso de Griñán se abordará en el pleno del 16 de julio.

La tesis de la ponente Inmaculada Montalván viene a coincidir, a rasgos generales, con la que mantuvieron las dos magistradas del Tribunal Supremo que presentaron un voto particular contra la sentencia de los ERE de la Audiencia Provincial de Sevilla. Las juezas Ana Ferrer y Susana Polo sostuvieron que el delito de malversación no era aplicable a los ex dirigentes que estaban fuera de la Consejería de Empleo, y criticaban que, para justificar el delito en los otros, el razonamiento hubiera dado "un salto al vacío".

El Constitucional anticipó en la sentencia sobre Magdalena Álvarez que la doctrina sería tenida en cuenta en los siguientes recursos, entre ellos, los de Griñán y Manuel Chaves. Este último fue condenado sólo a inhabilitación. El recurso de los dos ex presidentes se verá el próximo 16 de julio.

La sentencia del Tribunal Supremo condenó por malversación a José Antonio Griñán y Carmen Martínez Aguayo por no haber ejercido su labores de control sobre la aprobación de la partida 31.L que permitía conceder ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por ERE.

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