Las actas de los "consejillos" ya están publicadas en la web de la Junta de Andalucía
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El Gobierno andaluz ha recurrido la entrega de documentos porque "criminaliza a un poder estatal".
La Junta de Andalucía ha presentado un recurso de apelación directo ante la Audiencia de Sevilla en el que se opone a la petición de la juez Mercedes Alaya, que la semana pasada reclamó las actas de las reuniones de la Comisión General de Viceconsejeros, conocidas como el "consejillo", que se hayan celebrado desde el año 2001 hasta el 18 de octubre de 2012, así como las convocatorias internas y el orden del día que hubiera para dichos encuentros.
Junto al recurso, la Junta ha colgado este martes de madrugada en su página web oficial todas las actas de los "consejillos", en un acto de transparencia sin precedentes en el ámbito de las administraciones públicas, según explicaron fuentes del caso. En el recurso, la Administración autonómica considera que la juez está "criminalizando a toda la Junta de Andalucía como poder del Estado por ejercer las competencias que legítimamente entiende que le corresponden".
En el escrito, el Ejecutivo andaluz recuerda que la práctica de diligencias en la Instrucción de las causas penales están orientadas a la comprobación de hechos delictivos y a la determinación de sus responsables, pero entiende que el auto de Alaya "ha construido, sin embargo, un argumento incriminatorio sobre el presupuesto de que la Junta de Andalucía está vulnerando las competencias propias, según el auto, del Estado".
La Administración considera que "dado que desde la aprobación de la orden de 1 de abril de 2011 no existe en la causa reproche alguno de naturaleza procedimental o de arbitrariedad a la concesión de ayudas sociolaborales, debemos entender que la invasión de competencias estatales es el único fundamento que motiva el requerimiento de las actas de los años 2011 y 2012, requerimiento al que se contrae exclusivamente el presente recurso".
Los servicios jurídicos de la Administración autonómica concluyen que el auto de Alaya está "afirmando que el otorgamiento de ayudas y subvenciones por parte de la comunidad autónoma, en el ámbito de las ayudas sociolaborales, vulnera la competencia constitucional del Estado" y esta afirmación cuestiona "toda la acción de la comunidad autónoma en la materia, no sólo de la Administración de la Junta", pues engloba la proposición no de Ley del Parlamento de Andalucía y el propio decreto ley 4/2012 de medidas extraordinarias y urgentes en materia de protección sociolaboral de los ex trabajadores andaluces afectados por procesos de reestructuración de empresas y sectores en crisis, entre otros.
El Gobierno andaluz subraya que "esta autoinvestidura del Juzgado como garante de las competencias estatales (no hay denuncia al respecto de la supuesta Administración agraviada por los citados instrumentos y hace ya más de tres años de la aprobación del primero), debe ser corregida" por la Audiencia de Sevilla.
La Junta argumenta que un juzgado de Instrucción puede investigar hechos penales y otorgarles indiciariamente una calificación jurídica penal, pero "lo que no puede hacer es investirse en juez constitucional".
La actuación de Alaya, concluye el recurso, es contraria al ordenamiento jurídico y vulnera el artículo 161 de la Constitución Española, por cuanto "el conocimiento de la invasión de competencias del Estado en las propias comunidades autonónomas o viceversa, es de competencia privativa del Tribunal Constitucional y siempre a instancias de la Administración ofendida por la invasión".
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