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Vuelta al cole en Andalucía: normas, protocolos anti covid-19 y calendario

Educación

El curso 2020-2021 será presencial hasta 2º de la ESO y se extreman las medidas de vigilancia y control frente al covid-19

Los colegios sólo se cerrarán si hay contagios descontrolados en varias clases

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Vuelta al cole en Andalucía: ratios, normas, protocolos y medidas. / EFE
R. D.

27 de agosto 2020 - 17:36

Protocolos cerrados para la vuelta al cole. Andalucía, junto al resto de comunidades autónomas, han alcanzado un acuerdo con el Ministerio de Educación para establecer las medidas y normas de control y seguridad para evitar el contagio del covid-19 en las aulas.

De esta manera el calendario escolar se queda como estaba y el curso comienza en Andalucía en las fechas previstas: 1 de septiembre en educación infantil, 10 de septiembre los alumnos de primaria y el 15 de septiembre para los de secundaria y bachillerato.

Mientras, los padres se dividen entre los que esperan que el curso escolar sea presencial, porque no saben cómo conciliarán en caso de que los niños vuelvan y tengan que trabajar desde casa, los que ya se han negado a llevarlos mientras no lo vean claro y los que demandan aún más medidas.

Una madre busca el material escolar para el curso que viene. / EFE

Los alumnos, por su parte, han anunciado jornadas de huelga para los primeros días de clase. Con todo este gran follón educativo parece necesario un resumen informativo de cómo va a ser la vuelta al cole en Andalucía:

Normas sanitarias y de seguridad

Para la protección personal de alumnos y personal docente se establecen un conjunto de medidas de seguridad genéricas que cada centro debe seguir. Así, en cada colegio habrá un responsable en el manejo de covid-19, entre cuyas funciones están la comunicación y coordinación con los servicios sanitarios y los servicios de salud pública de su comunidad autónoma.

Cada colegio dispondrá de dispensadores de gel hidroalcohólico para el alumnado a la entrada del centro y en las aulas. También se propone el uso obligatorio de las mascarillas a partir de los seis años y reducir la movilidad de los alumnos y docentes en los centros.

En cuanto al distanciamiento social, amén de evitar las aglomeraciones en entradas y salidas, se debe procurar mantener la distancia de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas en el centro educativo, aunque es tarea difícil, por ejemplo, dentro del aula.

Otras normas recogidas en el documento presentado por el Ministerio de Educación son:

Protocolo frente a los brotes de covid-19 en los colegios

Niños jugando antes de la pandemia sanitaria. / Archivo

El documento marco aceptado por las comunidades autónomas establece que se considera brote cualquier agrupación de 2 o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico.

Como los escenarios de aparición de los casos de COVID-19 en los centros escolares pueden ser muy variables, la normativa describe qué hacer en tres de los múltiples escenarios posibles:

  1. Brotes controlados o casos esporádicos. Esta situación se puede dar en un único grupo o, simultáneamente, en varios grupos de convivencia estable que sean independientes. Se indicarán actuaciones de control específicas para cada uno de ellos mediante la implementación de las medidas de control habituales: aislamiento de los casos e identificación y cuarentena de los contactos de cada grupo o clase independiente.
  2. Brotes complejos o transmisión comunitaria esporádica. Equivale a detectar casos en varios grupos o clases con un cierto grado de transmisión entre distintos grupos independientemente de la forma de introducción del virus en el centro escolar. En este caso se estudiarán la relación existente entre los casos y se valorará la adopción de medidas adicionales como la ampliación del grupo/s que debe guardar cuarentena, cierre de clases o líneas.
  3. Transmisión comunitaria no controlada. Los servicios de salud pública de las comunidades autónomas realizarán una evaluación de riesgo para considerar la necesidad de escalar las medidas, valorando en última instancia, el cierre temporal del centro educativo. Estas circunstancias epidemiológicas pueden darse en uno o varios grupos de convivencia estable, pertenecientes a una o más de una línea. La implementación de las medidas para el control de estos brotes se realizará de forma proporcional al nivel de riesgo definido por el tipo de brote definido anteriormente.

Intercambio de información y contacto

La guía para la actuación de los centros educativos ante un caso de covid-19 del Ministerio de Educación, establece que deberán contar con una figura de responsable en el manejo del coronavirus, entre cuyas funciones estará la comunicación y coordinación con los servicios sanitarios y los servicios de salud pública de su comunidad autónoma.

Existirá un canal de comunicación entre el centro educativo, el centro de salud de referencia y el servicio de prevención del personal docente, con el objetivo de facilitar la resolución de dudas en relación con las medidas de prevención, adaptación y protección necesarias, así como para coordinar las actuaciones sobre las personas trabajadoras docentes con problemas de salud.

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