El Tribunal Constitucional anula la suspensión cautelar del decreto andaluz antidesahucios
El Alto Tribunal, que decidió la suspensión en julio, la cancela ahora porque considera que la norma ha quedado derogada por la ley aprobada posteriormente por la Junta.
Madrid/El Tribunal Constitucional ha anulado este jueves la suspensión cautelar del decreto andaluz sobre desahucios, que autoriza la expropiación temporal de inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos.
El alto tribunal acordó esta suspensión cautelar el pasado mes de julio pero ha acordado anular aquella decisión porque, considera, carece de objeto, ya que la Junta de Andalucía ha aprobado una ley que sustituye a aquel decreto y lo deroga. El Gobierno recurrió el decreto ante el Constitucional y como consecuencia de aquel recurso se produjo la suspensión provisional por cinco meses, un plazo que estaba cerca de cumplirse cuando el Constitucional ha anunciado que ya no tiene sentido mantener la medida cautelar.
En todo caso, la ley que sustituyó al decreto tiene aparentemente el mismo contenido que éste, aunque no ha sido recurrida por el Gobierno todavía. El Ministro de Economía, Luis de Guindos, informó el pasado 30 de octubre de que los servicios jurídicos del Estado están estudiando las modificaciones introducidas en la ley sobre desahucios de Andalucía y de que a la luz de este análisis el Gobierno decidirá si la recurre ante el Constitucional, para lo cual dispone de un plazo de tres meses.
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