Andalucía

El TSJA tumba la denuncia de Vox contra Rocío Ruiz por la polémica de los bomberos toreros

  • El Alto Tribunal no detecta “ni siquiera” indicios de prevaricación en la actuación de la consejera con el espectáculo de Baza

La consejera de Igualdad, Rocío Ruiz.

La consejera de Igualdad, Rocío Ruiz. / EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha inadmitido la denuncia de Vox contra Rocío Ruiz, consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación por la actuación de la dirigente de Ciudadanos en la polémica que se produjo el pasado verano con el espectáculo cómico taurino del bombero torero. En un auto fechado el pasado 6 de octubre, la Sala de loCivil y lo Penal, con sede en Granada, el Alto Tribunal impide la tramitación de la querella porque los hechos denunciados “ni siquiera indiciariamente” suponen que Ruiz incurriese en un delito de prevaricación por recomendar su departamento al Ayuntamiento de Baza que no diese los permisos a un espectáculo cómico protagonizado por personas con acondroplasia.

El Consistorio de la localidad granadina acabó cancelando el evento, pero no ocurrió lo mismo en Cantillana días después, donde sí hubo espectáculo a pesar de la recomendación de la Consejería de Igualdad. La queja del departamento que dirige Rocío Ruiz contaba con el apoyo del Cermi, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad. Ambos organismos defendían que estos espectáculos “denigran” a las personas que sufren acondroplasia, mientras que Vox criticó que la queja de Igualdad impide a los trabajadores de la empresa organizadora de estos festivales cómicos ejercer su derecho al trabajo.

Por ese motivo la formación de Santiago Abascal denunció a Ruiz –que suele ser objeto de sus iras– y al director general de Personas con Discapacidad e Inclusión, Manuel Gómez Balsera, por el delito de prevaricación. El TSJA sólo se pronuncia sobre el caso de la consejera, ya que por su cargo esta aforada, y en su auto defiende que Ruiz no firmó ninguna “resolución administrativa explícita y de carácter decisorio, como exige la jurisprudencia” en las denuncias por prevaricación. “Las convicciones íntimas y las resoluciones no manifestadas no pueden entrar en dicho ámbito”, apunta el magistrado, que señala que la queja de la Consejería no supone una intervención directa de Rocío Ruiz en la “supuesta orden coercitiva”.

El TSJA, en su auto, también reprocha a Vox, aunque de forma velada, el uso del estamento judicial para causas políticas. “El Derecho Penal debe ser reservado para la solución de los conflictos de especial gravedad”, apunta al tiempo que critica que “pueda pretenderse, como viene ocurriendo con demasiada frecuencia, la utilización del proceso penal para fines distintos de aquellos para los que está concebido”.

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