Periodistas muestran a la Fiscalía y al CGPJ su rechazo a la condena de una compañera

Pertenecen a más de 50 medios de todo el país y califican la pena de dos años de prisión como totalmente “desproporcionada”

La Fiscalía de Huelva ratifica que la periodista condenada incurrió en un delito de revelación de secretos

La Justicia amordaza a la prensa

Alfredo Flores, fiscal jefe de la Audiencia de Huelva.
Alfredo Flores, fiscal jefe de la Audiencia de Huelva.
R. A.

22 de julio 2023 - 20:07

Sevilla/Un total de 163 periodistas, de más de 50 medios de comunicación, firmaron dos escritos enviados esta semana tanto al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para expresar su “preocupación” por la condena a dos años de prisión, multa e inhabilitación a una periodista del diario Huelva Información por un delito de revelación de secretos por informar sobre el crimen de Laura Luelmo.

Los firmantes consideran que se trata de una condena “desproporcionada” y, en el escrito dirigido a García Ortiz, expresan su “intensa preocupación” por el criterio del representante del Ministerio Fiscal en esta causa, ya que el fallo se ajustó a su petición de pena. “Pedimos al fiscal general del Estado que sea consciente de que ese tipo de actuación de sus subordinados puede causar en los periodistas un “efecto desaliento” enormemente perjudicial para el derecho a la información de los ciudadanos”.

Creen que “mal puede basarse la condena en un delito de revelación de secretos sumariales por parte de los periodistas, amparados por el deber y el derecho a ejercer las libertades que protege la Constitución”. En este sentido, reivindican que, “al relatar lo ocurrido en crímenes de enorme gravedad, los medios de comunicación informan a la opinión pública de algo que tiene derecho a conocer: cómo se investigan y persiguen los delitos”.

“Para ello se sirven habitualmente de datos contrastados que forman parte de la instrucción”, explican, subrayando que “no existe un tipo penal que castigue el acceso de los periodistas a ese material”, porque el secreto de la investigación solo es exigible “a aquellos obligados a guardarlo”. Así, avisan de que la represión penal de los posibles excesos cometidos, en lugar de ser sancionados por la jurisdicción civil, puede causar en los periodistas un efecto desaliento enormemente perjudicial para el derecho a la información de los ciudadanos”.

En concreto, afean que “la sentencia entra a juzgar ciertos datos –siempre veraces– difundidos en las informaciones para calificarlos de ‘innecesarios e irrelevantes para el interés público’ o considerar que ‘exceden de lo que puede esperar la población en general’ a la vista de los ‘detalles’ que se proporcionan”.

“Lamentamos desconocer –la sentencia no aporta motivación alguna en este importante aspecto– en qué criterios se basan los magistrados para determinar ‘lo que puede esperar la población en general’ de las informaciones periodísticas sobre los crímenes más graves que impactan, con lógica preocupación, en la ciudadanía”.

Para los firmantes, el hecho de “que los jueces decidan qué es o no noticiable, o qué partes de la realidad deben ser publicadas u ocultadas a los ciudadanos es motivo de inquietud”. “No porque cuestionemos la autoridad de los jueces, sino porque deben explicar los criterios en los que basan sus decisiones para que éstas no sean arbitrarias o generen inseguridad jurídica”, y añaden que a su juicio, esta sentencia incurre en ambas cosas.

Los periodistas ponen de relieve que asumir “que la aplicación del Código Penal dependa de lo que cada juez entienda por ‘excesivo’, ‘innecesario’ o ‘irrelevante’ en términos informativos, sin justificar por qué, sume el ejercicio del derecho fundamental a la información en la mayor incertidumbre”. A este respecto, aclaran que los periodistas de tribunales, de quienes ha partido la iniciativa, deciden lo que publican “conforme al derecho de los ciudadanos a la información, el interés periodístico, la autonomía editorial y el compromiso con la audiencia de cada medio”.

“Sustituir esos criterios, de profunda raigambre en el oficio, por la particular percepción de cada juez sobre lo que es o no ‘necesario’ o ‘excesivo’ en una noticia, sin evaluar en ningún momento las reglas del periodismo y, sobre todo, recurriendo como desproporcionado castigo al máximo poder penal del Estado –la cárcel– nos parece muy grave a estas alturas de desarrollo de los derechos fundamentales que garantiza nuestra Constitución”, denuncian.

En este contexto, los firmantes quieren dejar claro que son conscientes de que “la intimidad es uno de los límites a la libertad de información”. “No justificamos el amarillismo ni las invasiones de la intimidad que no tengan una estricta motivación periodística. No todo vale en nuestro oficio”, aseveran.

No obstante, creen que “es exigible una ponderación entre ambos derechos que la Audiencia de Huelva omite por completo”, “una explicación de por qué el derecho a la información debe ceder respecto a esos datos cuya difusión se considera delictiva, pese a que acabaron siendo objeto de consideración en el juicio y en la sentencia dictada contra el autor de los hechos, lo que pone en cuestión su ‘irrelevancia’”.

stats