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Nivel 4 de alerta por coronavirus en Andalucía: Aforos permitidos y medidas en vigor

Coronavirus Andalucía

Nivel 4 de alerta por coronavirus en Andalucía: Aforos permitidos y medidas en vigor / Archivo
D.A.

14 de mayo 2021 - 11:35

La vacunación masiva es un hecho y la pandemia parece estar cada vez más controlada. Aun así, las autoridades sanitarias siguen pidiendo a la población que extreme las precauciones, respete las medidas de seguridad y se ciña a los protocolos establecidos y los niveles de alerta en los respectivos territorios. En la comunidad andaluza existen zonas en niveles de alerta 2 y 3, pero si la situación empeora se sube un peldaño más de riesgo y se instaura en el nivel 4 de alerta.

El Gobierno comandado por Juanma Moreno ha decidido junto al Comité de Expertos tomar esta medida en la provincia granadina debido al aumento de casos en los últimos días. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía plasmará unas medidas muy necesarias y que entraron en vigor la pasada medianoche y perdurarán, al menos, hasta la próxima reunión de especialistas y mandatarios.

Restricciones de aforo en el Nivel 4

Una de las cuestiones que más preocupa a sectores como la hostelería son las restricciones de aforo que entran en este nivel. Se acerca la temporada de verano y los bares y restaurantes necesitan sacar el máximo beneficio a sus negocios para intentar maquillar un año que ha sido terrorífico. Desde la medianoche las limitaciones de aforo en el área metropolitana de Granada son:

Hostelería

Los bares y restaurantes deberán no sobrepasar el 30% del aforo y hasta 4 por mesa en el interior de los establecimientos. En cuanto a las terrazas, se deberán limitar al 75% de su capacidad y 6 comensales por mesa. Por otro lado, el consumo en barra no está permitido, se deberá mantener la distancia de 1,5 metros y el cierre está previsto a las 24:00.

Celebraciones

Las celebraciones deberán tener como máximo un 30% del aforo o lo que es lo mismo, hasta 50 personas que deberán distribuirse en mesas de 4 integrantes. En las llevadas a cabo en el exterior, el aforo aumenta al 50%, es decir, 75 personas repartidas en mesas de 6 comensales.

Atracciones

Aquellas atracciones con asiento tendrán un aforo del 30%. Por contra, aquellas cuyo uso sea de pie, deberá reducirse a un 20% siempre y cuando se pueda garantizar la distancia de 1,5 metros de seguridad, si no es así, deberán permanecer cerradas.

Cines, teatros y circos

El público deberá estar en todo momento sentado. Además, no se deberá superar el 50% del aforo y la distancia de seguridad debe ser un hecho.

Velatorios, ceremonias y cultos

Los velatorios deberán estar establecidos para los familiares más allegados, siendo 6 el máximo número de personas en interior y 15 tanto en exterior como en comitiva. Por su parte, las ceremonias y cultos tendrán en su totalidad un 30% del aforo y se deberá mantener la distancia de 1,5 metros establecida por ley.

Verbenas, romerías y espectáculos taurinos

Las verbenas y romerías están terminantemente prohibidas. En cuanto a los espectáculos taurinos, en el caso de que se lleven a cabo, lo harán sin público.

Comercios y mercadillos

Tanto los comercios como los mercadillos deberán tener un aforo del 50% y, como en todas las zonas de interior, la distancia deberá ser de 1,5 metros entre personas.

Parques infantiles

Los lugares de ocio infantil no estarán permitidos. Ahora bien, sí está permitido el uso de parques infantiles con una persona por cada 4 metros cuadrados y grupos de no más de 6 integrantes.

Transporte público

Se deberá mantener un asiento de separación, salvo en aquellas personas que sean convivientes. En cuanto a los pasillos y zonas para estar de pie, el aforo no deberá superar el 50% del total.

Turismo

Se podrá disfrutar del 30% de aforo en zonas comunes interiores y exteriores. Los grupos de personas no podrán exceder de 10 visitantes y siempre con guía turístico. Si las actividades se llevan a cabo en entornos naturales, se podrá aumentar el número a 15 personas.

Deportes

Las instalaciones deportivas tendrán un aforo del 40% y hasta 6 personas en el interior. La práctica deportiva en espacios abiertos tendrá un máximo del 50%, o lo que es lo mismo, 10 personas. La distancia de seguridad de 1,5 es obligatoria y las competiciones se llevarán a cabo sin la presencia de espectadores.

Docencia

Las clases podrán ser presenciales. Ahora bien, se deberán llevar a cabo medidas de flexibilización en Formación Profesional y Educación Especial. El aforo en centros como academias deberá no sobrepasar el 40%, 25 alumnos por aula.

¿En qué nivel de alerta está cada municipio de Andalucía?

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